Page 67 - GCU MCO Manual de convivencia 2018
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principio rector de la acción y la formación del talento. Creemos que el Servicio a la Comunidad es el
                  medio para la satisfacción de las necesidades individuales  a una mayor escala de beneficio.

                  Buscando ante todo  el bienestar general comunitario y el buen funcionamiento del Gimnasio, cada
                  miembro  de  la  familia  gimnapina  debe  asumir      a  cabalidad  los  fundamentos  y  crecer  en  la
                  Autorregulación  Personal.  Por  ende  todo  estudiante  fundamentará  su  acción  en  aquellos
                  comportamientos  que  generen  alegría  personal,  orgullo  familiar  e  institucional  y  progreso  de  la
                  comunidad.                                                                                      67

                  ARTÍCULO 82.  VALORACIÓN DE LA COMPETENCIA SOCIAL Y DEBIDO PROCESO

                  La valoración de la competencia de los estudiantes en cada período académico se hará teniendo en
                  cuenta el reconocimiento  de sus acciones, sus derechos, el respeto al individuo, sus deberes y el
                  grado de responsabilidad al asumir las consecuencias de las decisiones en la dinámica personal,
                  familiar, institucional y comunitaria.

                  En caso de tipificarse alguna falta, siempre deberá establecerse el debido proceso, que como mínimo
                  garantizará lo siguiente:

                      -   Se generará evidencia sobre la recolección de Hechos y Datos demostrables.
                      -   Se valorará la falta sobre la posibilidad de  preexistencia en el Manual de Convivencia.
                      -   De no preexistir, será función del Consejo Administrativo Docente y/o el Consejo Directivo
                         determinarlas.
                      -   Se escuchará siempre al implicado(s) previo a cualquier decisión.
                      -   Se presumirá inocencia y el derecho a discutir o contradecir la evidencia.
                      -   Se considerará siempre las circunstancias en búsqueda de causas, atenuantes o agravantes
                         como son: La edad, el nivel de premeditación, el grado de participación en la acción u omisión
                         de la falta, si fue inducido por un superior o un par para cometerla u omitirla, o si la cometió
                         en estado de ofuscación o de presión originado en circunstancias o condiciones de difícil
                         prevención y gravedad extrema, debidamente evidenciadas.
                      -   Informe escrito y personalizado según la gravedad a los Padres o Acudientes.
                      -   La sanción se fundará en la certeza.
                      -   La reparación se establecerá desde el grado de responsabilidad y la consecuencia.
                      -   Existirá en lo posible, instancias de apelación.
                      -   El comité de convivencia será en todos los casos una instancia conciliadora.
                      -   Ningún miembro de la comunidad podrá ser sancionado por la misma falta en la misma
                         circunstancia dos veces si se demuestra un mal procedimiento.
                      -   Ningún miembro de la comunidad será discriminado por ningún motivo.
                      -   El implicado tiene derecho a mínimo un testigo si así lo solicita.
                      -   Para las faltas graves o muy graves el estudiante será escuchado por el director de sección
                         en compañía de su acompañante de grupo. Si es necesario, deberá asistir también el (la)
                         sicólogo(a).





                                                                              GCU MCO. Elbra: Comunidad Educativa
                                                                                       Aprueba: Consejo Directivo
                                                                                             V. 13  17 ene  2018
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