Page 17 - MONTT LATINAMERICAN MAGAZINE, JULIO 2018 (Español)
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El Presidente de la República, Lenín Moreno, vetó el proyecto de Ley de Fomento Productivo e incluyó cambios importantes a diversos aspectos de la iniciativa legal. El Legislativo dispone de al menos 30 días para aprobar estas modificaciones o para insistir en sus planteamientos previos.
En lo referente al desarrollo del empleo, exportaciones e inversiones el Jefe de Estado incluyó al sector acuícola. Al mismo tiempo mejoró el articulado referente a la exoneración del Impuesto a la Renta para incorporar a los sectores agroindustriales y turísticos. Entre las observaciones del Presidente se estableció que las inversiones que las entidades financieras públicas hayan efectuado con recursos del Banco Central del Ecuador (BCE), en emisiones de entidades públicas, éstas mantendrán sus condiciones hasta su vencimiento. Una vez que se hayan cumplido los plazos se ejecutará un cronograma de desinversión para liquidarlas en un plazo máximo de cinco años.
Cuidados con el Déficit Primario
Para garantizar la sostenibilidad fiscal y limitar el endeudamiento, no se permitirá aprobar el Presupuesto General del Estado si existe un déficit primario y si no se cumple con la meta estructural de largo plazo definida en el reglamento. Así el saldo de la deuda pública no podrá superar el equivalente al 40 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB). No obstante, en casos
excepcionales como catástrofes o recesiones económicas, las reglas fiscales se suspenderán temporalmente con autorización previa de la Asamblea Nacional, lograda con mayoría absoluta de sus integrantes.
Remisión de Deudas
Los ingresos provenientes de la explotación de recursos naturales no renovables que superen lo establecido en el Presupuesto de la Nación, luego de descontar el porcentaje correspondiente a los gobiernos autónomos descentralizados, se destinarán a la generación de un fondo de estabilización fiscal para garantizar la sostenibilidad de las cuentas públicas y la ejecución de intervenciones públicas en salud y educación.
También el veto especifica que los Certificados de Tesorería (Cetes) no podrán tener plazos de vencimiento mayores a 360 días y no estarán sujetos a operaciones de endeudamiento público.Se aclara que el BCE no podrá invertir en Cetes o en cualquier título valor emitido por el Estado o por alguna institución vinculado con éste.
Por otra parte, en lo relativo a la remisión del 100 por ciento de multas, recargos e intereses por parte del Servicio de Rentas Internas (SRI) se especifica que se refiere a las deudas vencidas hasta el 2 de abril de 2018. Con posterioridad a esa fecha no habrá ningún beneficio. La amnistía aplicará al 100 por ciento, cuando el contribuyente pague todo el capital pendiente.
Las empresas grandes tendrán 90 días de plazo para hacerlo, mientras que los pequeños negocios podrán acceder a facilidades de hasta dos años.
El capítulo de remisiones también comprende a becarios, créditos educacionales, Superintendencia de Compañías, Autoridad Única del Agua, Agencia de Regulación y Control del Agua -en beneficio a agricultores-, Gobiernos Autónomos Descentralizados y empresas públicas.
También existirá remisión para las multas, recargos e intereses de las obligaciones aduaneras cuya recaudación le corresponde exclusivamente al Servicio Nacional deAduanas.
Impuesto a la Renta
La ley establece que las nuevas inversiones productivas fuera de Quito y Guayaquil gozarán de 12 años de exención del Impuesto a la Renta (IR). Dentro de esas ciudades el beneficio tendrá validez por ocho años. Para sociedades nuevas aplica cuando declaren uno o más trabajadores de hasta 25 años y de más de 40. Las ya existentes tienen el mismo requisito, pero además deberán demostrar un aumento en la lista de empleados sobre la declaración anterior. Las inversiones que reciban los sectores industrial, agroindustrial y sectores agroasociativos tendrán exoneración de este gravamen por 10 años. En industrias básicas será por 15 años y en municipios fronterizos llegará a 20.
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