Page 46 - Documentos Internos del Colegio
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  documentación respectiva bajo su
exclusiva responsabilidad.
- Refrendará la firma del Presidente en
todos los actos contables, entre ellos la emisión de endosos de autorizaciones u órdenes de pago o de cheques contables.
- Presentará al Consejo Directivo informes contables y preparará anualmente el balance general, cálculo de gastos y recursos e inventario de bienes.
- Depositará en el banco y en la cuenta que determine el Consejo Directivo los fondos del Colegio.
Sección Tercera - Aplicación y uso de los fondos del CMLTI
ARTÍCULO 30o
Los fondos del Colegio se depositarán en la Institución Bancaria que el Consejo designe.
ARTÍCULO 31o
El Consejo dispondrá una adecuada aplicación de los fondos, procurando tener siempre en caja suficiente numerario para poder cumplir con los compromisos contraídos, a cuyo efecto, hará las previsiones correspondientes.
Sección Cuarta - Responsabilidades de los Miembros del Consejo Directivo ARTÍCULO 32o
Los Consejeros están obligados a responder del cumplimiento de sus obligaciones.
ARTÍCULO33o
La responsabilidad a que se refiere el artículo anterior, solamente será exigible durante el ejercicio del Consejo inmediato siguiente.
ARTÍCULO 34o
Cualquiera de los oficiales cuyas responsabilidades se describen anteriormente del Consejo Directivo, o posteriormente, del Consejo de Vigilancia o de cualquiera de las Comisiones Especiales, si incumplen con sus funciones, incluyendo la asistencia a las sesiones correspondientes de cada uno de sus Consejos y/o Comisiones Especiales, se harán acreedores de una Pena Pecuniaria correspondiente al monto de la Cuota de Asociados.
ARTÍCULO 35o
La falta de pago de dicha pena Pecuniaria por incumplimiento de funciones causará tanto la destitución automática del cargo que tenga asignado, como la baja de Asociado Activo del Colegio.
ARTÍCULO 36o
En el caso anterior, si dicha persona desea reingresar al Colegio como Asociado Activo, deberá dejar pasar un plazo de 6 meses antes de poder solicitar el reingreso. En el momento de que realice la Solicitud para su reingreso como Asociado Activo, deberá liquidar la Pena Pecuniaria adeudada, pagando el monto de la Cuota de Asociado actualizada a la fecha de dicha solicitud.
Capítulo Cuarto REGLAMENTO ELECTORAL
ARTÍCULO 37o
La convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria de Elecciones será para todos los Asociados del Colegio Mexicano de Licenciados en Traducción e Interpretación, y deberá cumplir con el Artículo 65 del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o Constitucional.
ARTÍCULO 38o
La Asistencia a la Asamblea Extraordinaria de Elecciones es abierta para todos los Asociados, con la salvedad de que sólo tendrán derecho a voz y voto los Asociados o representantes acreditados de los Asociados que estén al día en sus derechos y obligaciones.
ARTÍCULO 39o
La Convocatoria será publicada y enviada según lo indicado en el Artículo 32 de los Estatutos del Colegio.
ARTICULO 40o
Todos los integrantes de la planilla electa para ocupar los cargos del Consejo Directivo tomarán posesión de sus cargos en la Asamblea Ordinaria del año inmediato siguiente (salvo el Presidente, que será la persona que haya sido electa en la Asamblea electiva de los años pares como Vicepresidente de Representación, el cual se integrará de inmediato como parte del Consejo Directivo en funciones).
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