Page 29 - KI - relaciones humanas y civica
P. 29

Relaciones Humanas Ciudadanía y Cívica                                               2° Secundaria

                  7

               SEMANA


              IMPEDIMENTOS PARA CONTRAER MATRIMONIO
               Según el Código Civil

               A.  No pueden contraer matrimonio: (Art. 241 Código Civil)
                    Los menores de edad, salvo motivos graves siempre que
                     el varón o la mujer tengan 16 años mínimo.
                    Los que adolecieran de enfermedad crónica, contagiosa y
                     transmitible  por  herencia,  o  de  vicio  que  constituya
                     peligro para la prole.
                    Los que padecieran crónicamente de enfermedad mental,
                     aunque tengan intervalos lúcidos.
                    Los  sordomudos,  los  ciegosordos  y  los  ciegomudos  que
                     no pueden expresar su voluntad indubitablemente.
                    Los casados

               B.  No pueden contraer matrimonio entre sí (Art. 242 Código Civil)
                    Los consanguíneos en línea recta.  Ejemplo: padre – hija
                    Los consanguíneos en línea colateral dentro del segundo y tercer grado.  Ejemplo: hermanos; tío –
                     sobrina.  En el tercer grado se puede dispensar por falta grave.
                    Los afines en línea recta.  Ejemplo: suegra – yerno.
                    Los afines en el segundo grado de la línea colateral cuando el matrimonio que produjo la afinidad se
                     disolvió por divorciar y el ex.cónyuge vive  Ejemplo: cuñados
                    El adoptante y el adoptado.
                    El  condenado  como  partícipe  en  el  homicidio  doloroso  de  los  cónyuges  ni  el  procesado  por  esta
                     causa con el sobreviviente.
                    El raptor con la raptada o a la inversa mientras subsista el rapto.

               C. No se permite el matrimonio (Art. 243)
                    Del tutor del curador con el menor o el incapaz
                    La viuda en tanto que no transcurran por lo menos 300 días de la muerte de su marido salvo que
                     diese a luz o presente certificado médico que acredite que no está embarazada.

              CRISIS DEL VÍNCULO MATRIMONIAL

               Separación de cuerpos
               Suspende los deberes relativos al lecho y habitación y pone fin al régimen patrimonial de la sociedad de
               gananciales, dejando subsistente el vínculo matrimonial.

               Son causas de la separación de cuerpos (Art.333 del Código Civil)
               1.   El adulterio.
               2.   Violencia física o psicológica.
               3.   El atentado contra la vida del cónyuge.
               4.   La injuria grave.
               5.   El  abandono  injustificado  del  hogar  conyugal    por    más    de    dos    años    continuos    o    cuando    la
                   duración sumada de los periodos de abandono excede a este plazo.
               6.   La enfermedad venérea grave, posterior al matrimonio.
               7.   La homosexualidad sobreviviente al matrimonio.
               8.   La condena por delito doloso mayor de 2 años.
               9.   Conducta deshonrosa
               10.  Uso injustificado de drogas y alcohol
               11.  Separación convencional (después de 2 años de matrimonio)
               12.  La  separación  de  hechos  de  los  cónyuges  durante  un  periodo
                   ininterrumpido  de  dos  años.    Dicho  plazo  será  de  4  años  si  los
                   cónyuges tuviese hijos menores de edad
               13.  La separación convencional, después de transcurridos de dos años
                   de la celebración del matrimonio

              EL DIVORCIO
               Es la disolución del vínculo matrimonial, se puede demandar divorcio por
               las mismas causales señaladas para la separación convencional, excepto
               en forma directa por separación convencional.
               Con el divorcio se extingue el vínculo matrimonial.


             1  Bimestre                                                                                -228-
              er
   24   25   26   27   28   29   30   31