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Cívica 5° católica
1.1.2. CONSERVACIÓN Y DEFENSA DEL PATRIMONIO CULTURAL
La gran riqueza patrimonial que posee el Perú está expuesta a amenazas como el robo, saqueo, tráfico ilícito,
vandalismo y otros delitos, así como también las invasiones, los agentes naturales y la modernidad.
El Ministerio de Cultura es el organismo del Poder Ejecutivo responsable de todos los aspectos culturales del país
y ejerce competencia exclusiva y excluyente, respecto a otros niveles de gestión en todo el territorio nacional.
Las direcciones y organismos adscritos al Ministerio de Cultura son:
✓ La Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural (DGDPC) es el órgano de línea del Ministerio de
Cultura a cargo de la defensa y protección, recuperación, repatriación, vigilancia y custodia de los bienes
culturales pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación. Esta dirección funciona como un organismo
supervisor y cumple un rol importante al educar y sensibilizar a la ciudadanía en temas relacionados con la
defensa y protección del patrimonio.
✓ La Dirección General de Museos (DGM) es el órgano de línea que tiene a su cargo la formulación de políticas y
normas en materia de museos; así como la gestión de museos y la protección, conservación, difusión de los
bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación.
✓ El Archivo General de la Nación (AGN) que resguarda y conserva los testimonios documentales y archivísticos
de mayor relevancia que han protagonizado los peruanos a partir del siglo XVI.
✓ La Biblioteca Nacional del Perú (BNP) que entre sus funciones tiene la de mantener la integridad del material
documental bibliográfico, fotográfico y audiovisual considerado como patrimonio cultural.
1.2. PATRIMONIO NATURAL
Está constituido por todos los recursos naturales, ecosistemas y áreas naturales que comprenden el territorio
peruano. El artículo 66º de la Constitución Política del Perú establece que los recursos naturales, renovables y no
renovables, son patrimonio de la nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las
condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. Asimismo, por el artículo 68º de la Constitución
determina que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales
protegidas.
La conservación del Patrimonio Natural es de carácter intangible y comprende la conservación de los recursos
naturales y la biodiversidad. En el Perú las áreas protegidas están agrupadas en el Sistema Nacional de Áreas
Naturales Protegidas por el Estado (Sinanpe) reconocidas por la ley 26834, estas son 75 áreas protegidas debido a
su importancia en la conservación de la diversidad biológica asociada al interés cultural, paisajístico y científico, así
como por su contribución al desarrollo sostenible del país, están administradas por el Sernanp (Servicio Nacional de
Áreas Naturales Protegidas por el Estado).
Santuario Nacional de Huallay (Pasco) Reserva Nacional de Paracas (Ica)
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