Page 17 - Revista de mediacion
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        Empezare explicando un poco de eso ya que es una herramienta que soluciona conflictos que esta
        misma forma parte del nuevo Sistema de Justicia Penal este logra reparar o más bien logra llegar a un
        acuerdo  entre  los  involucrados  que  serían  la  víctima  y  victimario  esto  se  llevara  a  cabo  con  la

        colaboración  de  compartir  distintos  diálogos  entre  ambos.  Esto  se  hizo  con  el  fin  de  que  ambas
        personas arreglen su diferencia antes de llegar al juez siempre y cuando ay voluntad propia.

        Se  dice  que  este  es  uno  de  los  cambios  más  importantes  en  la  nueva  reforma  penal  ya  que  ha
        generado muy buenas respuestas en la sociedad ya que como lo menciono anteriormente es una
        manera más efectiva de resolver los conflictos, ya que también se menciona que aparte de todo eso
        ayuda a la economía a las víctima y victimario y muchas veces llegar a un litigio penal.

        Ya que en muchos casos cundo no se llega a un acuerdo estando dentro del reclusorio simplemente
        no se le da seguimiento al caso y se cierra esto sucede cuando no hay aceptación de ambos las dos

        o uno de las personas del conflicto, en cambio sí existe aceptación  de ambas partes llegan a un
        acuerda día y hora de la primera sesión y se da parte al juez para dar inicio a la persona que llevara
        este tema ya sea mediador, juez o conciliación.

        Antes de tener la primera sesión ambas partes afectadas necesitan ser asesoradas por su defensor,
        en caso de que una de las partes no asista a esta sesión ya sea la primera o una intermedia, la parte
        que se considera afectada podrá solicitar la ejecución del convenio ante las autoridades de jurisdicción,

        en cambio cuando si en esta hay varias sesiones en las cuales se asiste puntualmente ambas partes,
        más que nada dependiendo del caso es cuando se alegar la “reunión” (mas sesiones) o variando si el
        mediador lleva un material muy extenso.

        Estas sesiones son similares a la justicia para adolescentes la diferencia que existe es que son menos
        tramites en cuanto la mediación, pero paro los adultos es igual solo que con un poco de más requisitos
        y 5 días con anticipación Que lleva lo que anteriormente mencione requisitos, servicio postal etc.


        Uno de los puntos más importantes en la materia penal que cuando se trata de un delito de querella,
        culposo, patrimonial sin querella sin violencia haciendo una excepción en la violencia familiar sobre
        todo en materia para adolescentes es procedente en todas las conductas que no se utiliza alguna
        medida de intermediación.
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