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de formación y aprendizaje para aprender a sujetarse a normas, cánones
y sujetarse a una disciplina coherente y real. Debe entenderse que el
libre desarrollo de la personalidad debe ser ajustado a la definición de
los términos libre, desarrollo y personalidad. Enmarcados dentro de la
Constitución Política de Colombia, (Art. 16) Ley 1098 de 2006
de infancia y adolescencia ( art 17,39,42,43 y 44)
Sentencias T – 098 de 2011 y la doctrina proferida por las
altas cortes en esta materia
Por otro lado, las estudiantes usarán la falda del Colegio
encima de la rodilla, tal como se le ha suministrado según el
modelo de uniforme aprobado por el Consejo Directivo y
acogido en la presente matricula por sus acudientes, por lo cual
es inexcusable y no está sujeto a consenso sino que es de
obligatorio cumplimiento, que el modelo de la altura de la
falda femenina será a la encima de la rodilla.
PARÁGRAFO SEGUNDO. Los educandos, deben lucir su uniforme
con decoro y de acuerdo con las pautas señaladas por la Institución
Educativa, y el uniforme no estará sujeto a modificaciones caprichosas
de los educandos, sino que se acogerá estrictamente al modelo de
uniforme colegial, suministrado por nuestra Institución Educativa, y
será un ejemplo de dignidad, decoro y de respeto por su propia dignidad
humana y el proceder Institucional que promovemos desde la
pedagogía
PARÁGRAFO TERCERO: El uso de prendas u objetos no
contemplados en este Manual de Convivencia serán retenidos por los
coordinadores.
La devolución será determinada por los mismos.
Inteligencias Múltiples