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                  Del mismo modo, rogamos a las instancias pertinentes, leer primero
                  con acuciosidad y con interés y claridad, la normativa legal, jurídica

                  y  penal  vigente,  consagrada  en  el  presente  MANUAL  DE
                  CONVIVENCIA ESCOLAR, como herramienta de juicio y criterio
                  en  sus  pertinentes  deliberaciones,  y  valoraciones,  por  lo  cual  los
                  artículos de ley de infancia y adolescencia 1098 de 2006, la ley 1146º

                  de 2007,  Ley 124º de 1994, Ley 115º de 1994, Decreto Reglamentario
                  1860º de 1994, Ley 1335 de 2009, o Ley Antitabaco, Decreto 860º de
                  2010, Decreto 120º de 2010, Ley 1620 de 2013, Decreto Reglamentario

                  1965º  de  2013,  Decreto  1075  de  2015.  Fragmentos  de  las  diversas
                  jurisprudencias y fallos de las altas cortes. Contenidas en el presente
                  texto  Sentencias    de    La  Corte  Constitucional  y  Corte  Suprema  de
                  Justicia, que dirimen el Debido Proceso, Ruta de Atención del Matoneo

                  o  Acoso  Escolar  y  demás  articulados  de  protección  a  la  infancia,
                  parágrafos y notas especiales, que reposan en el presente texto, en su

                  especial contexto y orden jurisprudencial de carácter específico que se
                  requiere  para  brindar  culto  y  estricto  acato  al  debido  proceso,  y  al
                  principio de publicidad y taxatividad consagrado constitucionalmente
                  como una garantía fundamental.


                  Todo lo anterior, como quiera que la presente nota, ha sido avalada por
                  la comunidad en pleno, en asamblea de padres de familia, siendo la

                  instancia superior en nuestra institución educativa, aun por encima del
                  Consejo  Directivo,  y  además,  teniendo  en  cuenta,  que  el  padre  de
                  familia, como acudiente de su prohijado o acudido(a), ha suscrito con
                  su  firma,  la  debida  aceptación  del  presente  MANUAL  DE

                  CONVIVENCIA  ESCOLAR,  y  su  contenido;  y  con  ello,  acepta,  su
                  contenido, sus directrices y cánones, las cuales, ha leído a integridad, y
                  suscribe con su firma, en señal de acato en su totalidad, al igual que lo

                  hizo, el alumno o alumna.   Artículo 87 de ley 115 de 1994. Artículo 96
                  de ley 115 de 1994. Decreto 1075 de 2015, artículo 2.3.4.3

                  Adicional  a  lo  anterior,  Nuestro  manual  de  convivencia  escolar,  se

                  ajusta en estricto acato y obediencia a lo señalado por el órgano de cierre
                  en lo Constitucional, cuando señala:





                    Inteligencias Múltiples
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