Page 10 - Contractor Business Pack
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5. CONTROL DE LA EMPRESA. La Compañía no tiene ningún derecho o poder para controlar o interferir de otro modo con el modo en que el Contratista ejerce
el desempeño en virtud de este Acuerdo. La única preocupación de la Compañía es el resultado del trabajo del Contratista, y no los medios para lograrlo. Excepto
en circunstancias extraordinarias y cuando sea necesario, el Contratista realizará los Servicios sin la supervisión directa de la Compañía.
6. CAPACIDAD PROFESIONAL. El Contratista es un profesional que utiliza sus propios métodos profesionales y comerciales para realizar los servicios. El
Contratista no ha recibido ni recibirá capacitación de la Compañía sobre cómo realizar los Servicios.
7. SERVICIOS PERSONALES NO REQUERIDOS. No se requiere que el Contratista preste los Servicios personalmente y puede emplear a otros para que realicen
los Servicios en nombre de la Compañía sin el conocimiento o consentimiento de la Compañía. Si el Contratista tiene asistentes, es responsabilidad del Contratista
contratarlos y proporcionarles materiales.
8. NINGUNA UBICACIÓN EN LOCAL. El Contratista no tiene escritorio ni otro equipo ubicado en o proporcionado por la Compañía. Excepto en la medida en
que el Contratista trabaje en un territorio como lo define la Compañía, sus servicios no están integrados en la actividad principal de la Compañía.
9. NO HAY AJUSTAR HORAS DE TRABAJO. El Contratista no tiene horas fijas de trabajo. No hay ningún requisito de que el Contratista trabaje a tiempo
completo o de otra manera contabilice las horas de trabajo.
10. GASTOS PAGADOS POR EL CONTRATISTA. La Compañía no está obligada a pagar los gastos de viaje del Contratista a menos que previamente lo haya
acordado por escrito como parte de la asignación acordada.
11. CONFIDENCIALIDAD. El contratista puede haber tenido acceso a información privada, privada o confidencial ("Información confidencial") de la Compañía.
Información confidencial significará toda información no pública que constituya, se relacione o se refiera a la operación del negocio de la Compañía, incluyendo,
sin limitación, toda la información financiera, de inversiones, operativa, de personal, de ventas, de marketing, gerencial y estadística de la Compañía. y todos y
cada uno de los secretos comerciales, listas de clientes o información de precios de la Compañía. La naturaleza de la información y la forma de divulgación son
tales que una persona razonable entendería que es confidencial. El Contratista no utilizará en ningún momento ni de ninguna manera, ni directa ni indirectamente,
para el beneficio personal del Contratista, ni divulgará, divulgará ni comunicará de ninguna manera ninguna Información Confidencial. El Contratista protegerá
dicha información y tratará la Información confidencial como estrictamente confidencial. Esta disposición continuará siendo efectiva después de la terminación de
este Acuerdo. Al término de este Acuerdo, el Contratista devolverá a la Compañía toda la Información Confidencial, ya sea física o electrónica, y otros elementos
que fueron utilizados, creados o controlados por el Contratista durante el término de este Acuerdo.
12. LESIONES. El Contratista reconoce la obligación del Contratista de obtener la cobertura de seguro adecuada para el beneficio del Contratista (y de los
empleados del Contratista, si corresponde). El Contratista renuncia a cualquier derecho de recuperación de la Compañía por cualquier lesión que el Contratista (y
/ o los empleados del Contratista) puedan sufrir mientras presta servicios en virtud de este Acuerdo y que son el resultado de la negligencia del Contratista o de los
empleados del Contratista. El contratista proporcionará a la Compañía un certificado que nombra a la Compañía como una parte asegurada adicional.
13. INDEMNIZACIÓN. El Contratista acepta indemnizar y eximir a la Compañía de todos los reclamos, pérdidas, gastos, honorarios, incluidos los honorarios del
abogado, los costos y las sentencias que se puedan presentar contra la Compañía como resultado de los actos u omisiones del Contratista, los empleados del
Contratista, si cualquiera, y los agentes del contratista.
14. NO HAY DERECHO A ACTUAR COMO AGENTE. No se crea una relación de "empleador-empleado" o "principal-agente" simplemente porque (1) la
Compañía tiene o conserva el derecho de supervisar o inspeccionar el trabajo a medida que avanza para garantizar el cumplimiento de los términos del contrato o
( 2) la Compañía tiene o retiene el derecho de detener el trabajo realizado de manera incorrecta. El Contratista no tiene derecho a actuar como agente de la Compañía
y tiene la obligación de notificar a las partes involucradas que no es un agente de la Compañía.
15. ACUERDO COMPLETO. Este Acuerdo constituye el contrato completo entre las partes. Todos los términos y condiciones contenidos en cualquier otro escrito
previamente ejecutado por las partes con respecto a los asuntos contemplados en este documento se considerarán fusionados en este documento y reemplazados en
este documento. Ninguna modificación de este Acuerdo se considerará efectiva a menos que esté por escrito y firmada por las partes.
16. RENUNCIA DE INCUMPLIMIENTO. La renuncia por parte de la Compañía de un incumplimiento de cualquier disposición de este Acuerdo por parte del
Contratista no funcionará o se interpretará como una renuncia de cualquier incumplimiento posterior por parte del Contratista.
17. SEPARABILIDAD. Si alguna disposición de este Acuerdo se considera inválida o inejecutable por algún motivo, las disposiciones restantes continuarán siendo
válidas y ejecutables. Si un tribunal determina que cualquier disposición de este Acuerdo no es válida o no se puede hacer cumplir, pero que al limitar dicha
disposición sería válida y exigible, dicha disposición se considerará escrita, interpretada y ejecutada como algo tan limitado.
18. LEY APLICABLE. Este Acuerdo se regirá por las leyes del Estado de Texas.
19. FIRMANTES. Este Acuerdo deberá ser firmado por Carlos F. Chevez, Propietario en nombre de RNR Reliable Renovation Services, LLC y por el Contratista
mencionado anteriormente. Este Acuerdo entra en vigencia en la fecha firmada por ambas partes y se mantendrá vigente hasta que cualquiera de las partes lo
finalice por escrito de conformidad con los términos de este Acuerdo.