Page 9 - CARTILLA CURSO PMI_Neat
P. 9
Personas a Proteger
La normativa vigente hace mención de la protección del Sr. Presidente de la República y su familia
inmediata. A los Ex presidentes de la República, a los candidatos Presidenciales y a quienes determine
el señor Presidente de la República; es por ello que se recomienda ampliar la lista de personalidades
importantes para el Servicio de Protección Institucional (S.P.I), es decir, se especifique a profundidad
al personal a quienes se deben proteger en un momento determinado, como lo pueden ser los
Ministros, Dignatarios, entre otras personalidades que poseen una función esencial para el país.
Personas que reciben protección por parte del S.P.I
a. Jefes de Estados y sus familias
b. Personas designadas por el gobierno con base a su posición.
c. Personas designadas por el gobierno con base a amenazas.
d. Dignatarios Nacionales y extranjeros.
e. Ministros y Alcaldes.
Con estos parámetros el equipo de protección logrará identificar las características que se necesitan
en el protector para que cumpla su misión con el PMI, también lo ayudara a definir la protección y
aplicar los conocimientos previos.
Razones por la cual se le brinda protección a un PMI
a. El Estado lo necesita para que ejerza su función, dirija y pueda subsanar ciertas necesidades
de la sociedad.
b. Su perdida implicaría un cambio en el orden constitucional del Estado.
c. Su protección es general, tanto en el ámbito laboral como en el personal, para evitar algún
tipo de riesgo.
d. La protección que se le brinda se hace necesaria debido a la función que cumple con el Estado
y no porque él lo exija.
Se debe considerar que la función primordial del personal de protección es garantizar la seguridad
del PMI, es por lo que dicho equipo no debe tomar represarías en un momento crítico en donde se
encuentre implicado el protegido, sino de salvaguardar la vida y velar por su bienestar.
5