Page 18 - Notas de Prensa
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Al analizar los videos tanto del demandante como del acusado, se puede notar de manera
             clara las exactas similitudes de los movimientos sin diferencia alguna, por ello se relaciona
             el Derecho de la Propiedad Intelectual en este nota periodística, ya que además de que el
             baile del actor Ribeiro entra en el concepto de obra, que se define como cualquier “expresión
             personal,  perceptible,  original  y  novedosa”,  el  acusado  esta  infringiendo  una  serie  de
             cláusulas, al no otorgar el reconocimiento del actor respecto a su interpretación y al violar su
             derecho de reproducción.

             El Diseño de Interacción y Animación, se comporta como un cómplice en esta demanda, ya
             que  el  acusado  es  un  estudio  de  videojuegos  y  el  equipo  de  su  estudio,  posee  toda
             responsabilidad  de  otorgar  el  reconocimiento  y  permiso  necesario  en  caso  de  ocupar
             cualquier obra de un autor cuando se crea un videojuego, ergo, la responsabilidad y culpa del
             acusado en esta demanda es muy clara, por ende, es justo que el demandante obtenga un
             porcentaje razonable de las ganancias hechas por la compañía Epic Games, con base a su
             baile.


             Me parece un tema relevante en la actualidad debido a la facilidad que hoy en día se posee
             para la reproducción y difusión de cualquier obra en un medio digital dejando un gran espacio
             libre  para  la  infracción  y  el  uso  de  una  obra  sin  autorización  previa  del  autor  o
             reconocimiento,  por  eso  es  importante  crear  legislaturas  que  permitan  al  autor  poder
             protegerse en un ámbito digital ya que la falta de restricciones al subir cualquier contenido
             digital usando una obra previamente registrada, es evidente.


             En conclusión, como creadora de contenidos digitales me es imperativo conocer todas las
             extensiones del Derecho de Propiedad Intelectual en mi carrera, ya que aún si la acción no es
             premeditada, el infringir cualquier derecho de un autor a su obra, es un delito que amerita
             una penalización, ya que el lucrar no sólo con la obra, sino la creatividad y el tiempo que el
             autor ocupo en ella es una falta al Derecho y a la moral.
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