Page 167 - PLAN DE GOBIERON HLM 2020 Actualizado (1)
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                                                   Crear  progresivamente  órganos  jurisdiccionales  laborales  en
                                                    todo el país.
                                                   Implementar  el  “Programa  de  Inducción  de  la  Nueva  Ley
                                                    Procesal del Trabajo”, en las Cortes Superiores de Justicia de
                                                    Huancavelica, Pasco, Apurímac, Huaura (2020), Madre de Dios,
                                                    Amazonas y San Martín (2021)
                                             -   Efectividad
                                                   Realizar  un  estudio  acerca  del  estado  situacional  de  la
                                                    implementación de la Ley N° 29497.
                                                   Establecer  la  obligación  de  definir  todos  los  aspectos
                                                    económicos en la sentencia a fin de evitar controversias en la
                                                    ejecución (artículo 31 de la Ley N° 29497).
                                             -   Predictibilidad
                                                   Implementar  un  sistema  informático  de  acceso  público  que
                                                    permita  el  cálculo  de  beneficios  sociales  en  todos  los
                                                    regímenes laborales (Tercera Disposición Transitoria de la Ley
                                                    N° 29497).
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                                                   Incorporar un plan de trabajo de liquidación de expedientes
                                                    tramitados bajo la Ley N° 26636 en todo el país.
                                                   Modificar la Ley N° 29497 para que la impugnación de sanción
                                                    disciplinaria  sea  conocida  por  los  jueces  de  paz  letrados
                                                    laborales
                                                   Promover  el  juzgamiento  anticipado  en  los  procesos
                                                    ordinarios.
                                             -   Defensa pública
                                                   Implementar  progresivamente  la  defensa  pública  laboral
                                                    (artículo 10 de la Ley N° 29497).
                                             -   Peritos
                                                   Incrementar  el  número  de  peritos  adscritos  a  los  juzgados
                                                    especializados  y  juzgados  de  paz  letrados  para  optimizar  el
                                                    cálculo y liquidación de beneficios sociales.
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