Page 67 - MANUAL MI-DOC-FAE-02-2020
P. 67
a. En base al Mapa Doctrinario se procederá a determinar la prioridad,
en la que se elaborarán los diferentes Cuerpos Doctrinarios, para
lo cual es necesario la conformación de los Comités Doctrinarios.
b. El (los) Comité(s) Doctrinario(s), será(n) designado(s) y
conformado(s) con personal de la Fuerza Aérea que hayan sido
seleccionados para la generación, actualización e
institucionalización de los Cuerpos Doctrinarios, de acuerdo a su
competencia profesional.
c. Para la conformación de los Comités Doctrinarios, para la
generación, actualización e institucionalización de los Cuerpos
Doctrinarios, que las necesidades y planificación del COED; así lo
hayan establecido, se designarán, el personal necesario (oficiales,
tropa y servidores Públicos) que serán escogidos según sus
competencias. A este procedimiento se excluirán los Comités
Doctrinarios designados por la Academia de Guerra Aérea (AGA)
(Trabajo de Investigación Final); con los alumnos de los diversos
cursos de perfeccionamiento, los cuales tendrán procedimientos
puntuales específicamente, en el proceso de investigación y
desarrollo.
d. La designación de los miembros del Comité Doctrinario, será
dispuesto mediante la Orden General FAE (OGFAE), a solicitud del
COED, para lo cual el personal designados pertenecientes a las
Unidades, Escuelas e Institutos Militares de la Fuerza que
elaborarán, actualizarán e institucionalizarán un Cuerpo
Doctrinario, coordinarán esta acción con el Departamento de
Doctrina del COED, enviando el listado del personal seleccionado
en forma inmediata.
46