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e. El Departamento de Doctrina del COED y las Unidades, Escuelas
e Institutos Militares, coordinarán si el caso lo requiere, la utilización
de alguna Investigación científica, propuesta de solución al
problema, tesis de grado, entre otros realizadas sobre temas de
interés militar; así mismo, que sus autores sean parte y conformen
el Comité Doctrinario en forma obligatoria.
f. En caso de que se deba elaborar un Cuerpo Doctrinario, “Nuevo”,
del cual no exista doctrina establecida o no se disponga de
información propia para este fin, el COED solicitará a las otras
Fuerzas (Ejército y Armada), así como a los países amigos la
información y asesoramiento del personal que tenga conocimiento
doctrinario del tema a ser desarrollado.
g. Todos los miembros de Comité Doctrinario previo al inicio del
trabajo de generación, actualización e institucionalización de un
Cuerpo Doctrinario, recibirán por parte del Departamento de
Doctrina del COED, una inducción sobre los Procesos de
Generación y Actualización de Doctrina Militar; así como también:
investigación científica, estadística y dinámica de grupos, entre
otros.
h. El Comité de Doctrina una vez nombrado se reunirá en forma
inmediata y deberá organizarse de la siguiente forma:
1. Dentro de proceso de generación o actualización de la doctrina,
se requieres la conformación de Comités Doctrinarios, cuyos
integrantes, por lo general son considerados por el COED, de
los docentes que han impartido clases en los cursos de las
Escuelas de Formación y/o Institutos de Perfeccionamiento; sin
conocimiento ni seguimiento de los Jefes de los
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