Page 181 - Velasco y la independencia nacional
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La Ley 20653 de Comunidades Nativas y los Pueblos Indígenas de Amazonía • Roger Rumrrill
Agricultura y la Dirección de Forestal y Fauna, fue el hom- bre clave en la formulación y promulgación de la Ley 21147 de Forestal y de Fauna Silvestre.
El proyecto, según recuerda Stefano Varese, uno de los autores de la ley, empezó a ser criticado por los funciona- rios del Instituto Nacional de Planificación (INP) porque no compartían las hipótesis heterodoxas y el distanciamiento del rigor científico de las ciencias sociales. Por el lado de la izquierda y el “purismo” antropológico, se acusaba a los ex- pertos que trabajaban en el proyecto de ley de “pequeño bur- gueses” y de “populista” al proyecto.
Una de las nociones más criticadas fue la de “Comunidad Nativa”. Esta crítica provenía de las mismas comunidades indígenas y también de los antropólogos. Para ellos, en la Amazonía Peruana, en esa época, no existían en sentido es- tricto “Comunidades Indígenas” sino grupos poblacionales de baja densidad demográfica y asentamientos dispersos, re- cuerda Varese.
“El término nativo fue otro artificio, por no decir artimaña, que inventé con el abogado Landeo para evitar la hegemonía del término campesino, favorito de los militares y totalmente desacertado para la Amazonía y cuestionable incluso para la región andina. Nativos como sustantivo y adjetivo de va- lor neutro y de sabor un tanto anglófono, iba a sustituir los viejos términos discriminatorios de tribus, indios, chunchos, selvícolas”, recuerda Varese.
Los estudios y largos debates no solo buscaban consensos en los conceptos, significación de los términos, sino también en los cálculos y medidas sobre la distribución de las tierras, su manejo y las formas organizacionales. Concluida la redac- ción, el proyecto de ley fue entregado al Ministro de Agricul-
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