Page 77 - Para el buen gobierno de los pueblos
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Enseñanzas de los Gobernantes Incas
86. Los tributos obligados
“La segunda ley era que todos los demás indios, sacados los que se han dicho, eran pecheros obligados a pagar tributo, si no eran sacerdotes o ministros de los templos del Sol o de las vírgenes escogidas.” (235)
87. Tributo en trabajo
“La tercera ley era que por ninguna causa ni razón indio alguno era obligado a pagar de su hacienda cosa alguna en lugar de tributo, sino que solamente lo pagaba con su trabajo o servicio del Rey o de su república; y en esta parte eran iguales el pobre y el rico, porque ni éste pagaba más ni aquél menos. Llamábase rico el que tenía hijos y familia que le ayudaban a trabajar para acabar más aina el trabajo tributario que le cabía; y el que no la tenía, aunque fuese rico de otras cosas, era pobre.” (236)
88. Respeto a los oficios
“La cuarta ley era que a ninguno podían compeler a que trabajase ni se ocupase en otro oficio sino en el suyo, si no era en el labrar de las tierras y en la milicia, que en estas dos cosas eran todos comunes.” (236)
89. Tributo de lo que se produce y no de lo que no puede producirse
“La quinta ley era que cada uno pagaba su tributo en aquello que en su provincia podía haber sin salir a la ajena a buscar las cosas que en su tierra no había, porque le parecía al Inca
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