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Organización Mundial de la Salud (OMS), referentes a prácticas no invasivas, acompañamiento y difusión
                  de las conveniencias de los partos humanizados y el respeto impostergable de los derechos humanos de
         54       las mujeres que requieren atención obstétrica. Es el momento de crear prácticas de atención que generen
                  procesos en los cuales las mujeres embarazadas, las que están pariendo o las que han parido, sean reconocidas
                  y respetadas en toda su dimensión humana: en su dignidad, su cuerpo, sus emociones y sus necesidades.


                   Mtra. Alejandra Oyosa Romero

                   Licenciada en Ciencias de la Comunicación, UNAM
                   Maestra en Estudios de la Mujer, UAM-X



                  El trabajo es un concepto mercantilista y androcéntrico
                  que se ha debatido en distintos ámbitos y épocas.   como las relativas a la normatividad y legislación en
                  Hasta la primera mitad del siglo XX, la economía    materia laboral y de seguridad social, temas en los
                  lo consideró como un término neutral, pues sólo     que se centra este informe, enfocándose de manera
                  tomaba en cuenta que fuera productivo, remunerado   particular en los derechos vinculados con la protección
                  y mercantil. En la década de 1960, los feminismos   a la maternidad.
                  colocaron en la discusión la invisibilidad y exclusión del
                  trabajo doméstico y de cuidado. Lo anterior implicó   GIRE y Radar 4º exponen que la legislación mexicana
                  pensar en el trabajo que realizan las mujeres desde   contempla la protección a la maternidad libre y
                  una doble dimensión: doméstico/extradoméstico,      voluntaria en el artículo 4º constitucional, mientras
                  asalariado/no  asalariado,  productivo/reproductivo,   que en el artículo 123 se establecen diversos derechos
                  entre otros.                                        para las madres trabajadoras, como licencias por
                                                                      maternidad, descansos para la lactancia, evitar
                  En general, las mujeres que tienen un empleo remunerado   actividades peligrosas y el beneficio de ciertas
                                                                                        3
                  también llevan a cabo labores domésticas,  esto  se  ha   prestaciones sociales.  Además, la Convención sobre la
                  denominado doble jornada o doble presencia. Esta    Eliminación de todas las formas de Violencia contra
                  interrelación entre trabajo doméstico/extradoméstico iii   la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) establece
                  permite observar  la  dependencia  entre  ambos  y  las   que los Estados deben aplicar medidas apropiadas
                  desigualdades que afectan a las mujeres en uno y otro   para proteger la maternidad y garantizar una mayor
                  ámbito.  Además,  es  indispensable  reconocer  que  no   corresponsabilidad por parte de mujeres y hombres en
                  hay una línea que los disocie, sino un tránsito cotidiano   el trabajo doméstico y de cuidado.
                  que da forma a la vida de las mujeres.
                                                                      Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo
                  La  división  sexual  del  trabajo  dio  origen  al  reparto   (OIT),  considera  estándares  y  garantías  para  la
                                                                                                 3
                  de tareas y espacios para mujeres y hombres,        protección de la maternidad, en específico en los
                  asignaciones que varían entre una sociedad y otra, al   convenios 183 y 156, como la licencia de maternidad
                  igual que lo que es y ha sido considerado masculino y   de al menos 14 semanas. Sin embargo, México no
                  femenino.  Así, el trabajo asalariado y remunerado se   ha ratificado ninguno de estos convenios, por lo que
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                  vincula con la separación de actividades socialmente   esta licencia tiene una duración menor al estándar
                  asignadas a cada sexo, respecto a las ocupaciones   internacional propuesto por la OIT.
                  aceptadas y los espacios de trabajo permitidos con
                  base en el sexo como dimensión biológica, y el género   En el panorama nacional, a pesar de la existencia de los
                  como construcción social de relaciones.             instrumentos internacionales mencionados y  de la
                                                                      legislación en la materia, en la práctica cotidiana
                  Los mercados de trabajo, incluyendo el de México,   este marco legal no se cumple, como lo demuestran
                  están construidos con bases androcéntricas; es decir,   las cifras del año 2009 ofrecidas en el informe de
                  en torno al hombre y sus necesidades, por lo que no   GIRE  y retomadas del Instituto Nacional de Estadística
                  se consideran las particularidades de la incorporación   y  Geografía (INEGI),  que  indican que 45.7%  de
                  de las mujeres, como las derivadas de la obligatoriedad   las mujeres trabajadoras no tuvieron acceso a
                  del trabajo doméstico y de cuidado de niñas y       incapacidad o licencia médica después del parto, cifra
                  niños y personas enfermas o mayores. Esto implica   que se incrementa a 67.1% si se incluyen los casos de
                  desigualdades en diversos ámbitos y dimensiones,    complicaciones en el embarazo o aborto. 3


                  iii  En esta reseña se acudirá a este término para aludir al binomio derivado de las actividades realizadas por las mujeres dentro del
                    denominado trabajo reproductivo y de cuidado, y que llevan a cabo de forma simultánea con una actividad laboral remunerada.
                    Sin embargo, se reconoce que el principal criterio para dividir los ámbitos del trabajo es su mercantilización y la supuesta utilidad
                    y productividad de uno –el extradoméstico– versus la obligatoriedad y la no productividad del otro –el doméstico y de cuidado–.
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