Page 40 - Cuadernillo_VF_28Febrero
P. 40
Reglamento Académico 37
que cursen programas de posgrado con rección de la División, evaluando el im-
orientación profesional participen en un pacto del proyecto y la contribución de
proyecto colectivo a través del cual de- las y los estudiantes, podrá autorizarlo.
Artículo reformado Gaceta Universitaria 30-08-2021
seen obtener un grado académico, la Di- A r tí c u l o r e f o r m a d o G a c e t a U ni v e r si t ar i a 3 0 - 08 - 2 0 21
SECCIÓN CUARTA
RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN CONTINUA
Reconocimiento de estudios número de horas dedicadas por parte del
de educación continua participante.
t
e
a
c
v
e
ni
a
U
G
o
r
á
rr
af
d
o
ef
o
rma
r
08
-
0
-
21
0
2
3
ar
t
si
i
a
Artículo 81. Los estudios universitarios P Párrafo reformado Gaceta Universitaria 30-08-2021
de educación continua serán reconoci- La oferta de educación continua po-
dos mediante documento firmado por drá generar créditos revalidables obser-
la persona titular de la entidad académi- vando lo dispuesto en los artículos 43 y
ca o dependencia administrativa que los 57 de este ordenamiento, así como los
ofreció. En todos los casos, el documen- lineamientos que para tal efecto se esta-
to de reconocimiento deberá indicar el blezcan.
CAPÍTULO DÉCIMO
REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
Concepto de revalidación cretaría Académica de la División o de
Artículo 82. La revalidación es el recono- la Escuela de Nivel Medio Superior, el
cimiento de los estudios realizados por cual deberá contar con el visto bueno de
la persona integrante de la comunidad quien le otorgue tutoría.
estudiantil en otras instituciones, o bien, En el caso de movilidad o intercam-
dentro de la Universidad en programas bio entre programas de varias Divisio-
diversos a los de su adscripción vigente. nes que cuenten con unidades de apren-
08
-
21
0
2
m
a
o
r
d
a
c
o
G
tí
c
A Artículo reformado Gaceta Universitaria 30-08-2021 dizaje similares pero con valor diferente
r
u
e
f
l
o r
t
ar
-
0
a
3
i
si
a
U
e
t
e
r
ni
v
en créditos, se le revalidará a la persona
Revalidación de programas integrante de la comunidad estudiantil
de movilidad o intercambio el valor que corresponde a su programa
Artículo 83. A la persona integrante de la educativo.
comunidad estudiantil le serán revalida- En los casos en que una persona inte-
das en su totalidad las unidades de apren- grante de la comunidad estudiantil haya
dizaje que acredite en un programa de cursado una unidad de aprendizaje en
movilidad o intercambio y que formen otra institución y recibido una califica-
parte de un proyecto aprobado por la Se- ción cualitativa como acreditada, sufi-
40