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Tema 2 – Oposiciones Trabajo Social Derechos y Libertades
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto
comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de
los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar la
actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales. (art.54
CE)
La Ley Orgánica es la 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, esta Ley
está formada por 4 Títulos, con un total de 36 artículos, 1 disposición
transitoria y 1 disposición final única.
El Defensor del Pueblo es elegido por el Congreso de los Diputados y
el Senado, por una mayoría de tres quintos. Su mandato dura cinco años y
no recibe órdenes ni instrucciones de ninguna autoridad. Desempeña sus
funcione con independencia e imparcialidad, con autonomía y según su
criterio. Goza de inviolabilidad e inmunidad en el ejercicio de su cargo.
Cualquier ciudadano puede acudir al Defensor del Pueblo y solicitar su
intervención, que es gratuita, para que se investigue cualquier actuación de
la Administración pública o sus agente, presuntamente irregular. También
puede intervenir de oficio en casos que lleguen a su conocimiento aunque no
se haya presentado queja sobre ellos.
El Defensor del Pueblo da cuenta de su gestión a las Cortes Generales
en un informe anual y puede presentar informes monográficos sobre asuntos
que considere graves, urgentes o que requieran especial atención.
CESE Y SUSTITUCIÓN
El Defensor del Pueblo cesará por alguna de las siguientes causas:
Por renuncia.
Por expiración del plazo de su nombramiento.
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