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 Oposiciones Trabajo Social
 consideran expedientes de jurisdicción voluntaria a los efectos de esta Ley todos aquellos que requieran la intervención de un órgano jurisdiccional para la tutela de derechos e intereses en materia de Derecho civil y mercantil, sin que exista controversia que deba sustanciarse en un proceso contencioso.
3.- INCAPACIDAD E INCAPACITACIÓN. PROCESOS DE INCAPACITACIÓN.
Antes de todo, hay que desechar la idea de la incapacitación como algo negativo, idea que subyace en muchas familias y profesionales, y hay que tender hacia la idea de la incapacitación (modificación de la capacidad) como figura de protección de la persona que se encuentra en determinada situación (regulada en Código Civil), protección tanto en el ámbito personal como en el patrimonial.
Incapacitación: Es la limitación o anulación de la capacidad de obrar de una persona.2 Esta limitación tiene que estar establecida por un Juez competente. La incapacitación es una institución jurídica de protección a las personas.
Incapacitar a una persona significa dotarla de unos medios de protección de los que aparentemente carece. Este carácter protector no puede ponerse en duda y por tanto se debe recurrir a la incapacitación en aquellas ocasiones en las que la persona necesite ayuda.
Incapacitar (DRAE): Decretar la falta de capacidad civil de personas mayores de edad3.
En el Código Civil se recoge que nadie puede ser declarado incapaz, si no es por sentencia judicial, en virtud de las causas establecidas en la Ley.
2 Libro Blanco del Envejecimiento Activo.
3 DRAE https://dle.rae.es/incapacitar?m=form. Recuperado el 18 de mayo de 2020.
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