Page 3 - [OPOSOCIAL] TEMA 14
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 Tema 14– Oposiciones Trabajo Social. Igualdad.
Vamos a ver como desde un nivel internacional al autonómico se han aprobado normativas específicas en relación a la igualdad de oportunidades:
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EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL:
o El derecho a la no discriminación por razón de género fue consagrado el 10 de diciembre 1948 en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el ámbito de la Organización de Nacionales Unidas.
o En el ámbito de la Organización de Nacionales Unidas por Resolución 2263 de la Asamblea General, de 7 de noviembre de 1967, en la “Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer” y, plasmado, en la “Carta de derechos de las Mujeres” aprobada en la Convención de la Asamblea General de la ONU de 18 de diciembre de 1979 se ha configurado como un tratado jurídicamente vinculante, ratificado por España en 1983, que legitima el establecimiento de acciones positivas para superar la desigualdad de género, permitiendo a los Estados establecer medidas legislativas para la consecución de la igualdad real entre mujeres y hombres.
o Las dos estrategias fundamentales para el desarrollo de las políticas de igualdad entre mujeres y hombres, la transversalidad de género y la representación equilibrada se han establecido en las cuatro Conferencias Mundiales sobre las Mujeres celebradas en el marco de la Organización de las Naciones Unidas: México, 1975; Copenhague, 1980; Nairobi, 1985, y Pekín, 1995, las cuales contribuyeron a reconocer la causa de la igualdad de género como una de las preocupaciones esenciales de la acción de gobierno y uno de los asuntos más apremiantes del debate social.
Concretamente, en la IV Conferencia Mundial de Mujeres, celebrada en Pekín en 1995, se puso de relieve a nivel mundial que el cambio de situación de las mujeres es un objetivo en el que se tiene que implicar
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