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 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN APLICADA AL ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO
Además del deporte como derecho, otro eje de la ley es la igualdad por lo que establece medidas que equilibren la presencia de mujeres en órganos directivos y la obligatoriedad de contar con un protocolo de prevención y actuación en situaciones de acoso por razón de sexo. Expresa la necesidad de dar mayor visibilidad a los eventos deportivos femeninos evitando estereotipos sexistas. Además, apoya los derechos de las mujeres deportistas embarazadas favoreciendo la conciliación y conservando sus derechos. Obliga a las ligas profesionales y las federaciones españolas a elaborar un plan específico de conciliación y corresponsabilidad adoptando medidas para la protección de la maternidad y lactancia. También se tiene en cuenta los derechos del colectivo LGTBI.
El texto avanza asimismo en la promoción del deporte inclusivo y del deporte practicado por personas con discapacidad. Entre otras medidas promueve la integración de todas las personas deportistas bajo la misma federación y establece una representación en los órganos de gobierno.
Regula el estatus y los derechos de las personas deportistas, recoge la definición de deportista profesional, deportista de alto nivel, de alto rendimiento y deportista ocasional. Recoge los principales deberes de los y las deportistas como el juego limpio, el respeto por el medio natural, la difusión de hábitos saludables, la lucha contra el frauda y la importancia de proyectar una imagen positiva.
Se incluye la definición y regulación de las federaciones deportivas españolas y de las ligas profesionales, además de recoger medidas de gobernanza y transparencia. Además, concibe la práctica deportiva como herramienta para la recuperación económica y medioambiental de los espacios rurales.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres
Artículo 29. Deportes.
1. Todos los programas públicos de desarrollo del deporte incorporarán la efectiva consideración del principio de igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en su diseño y ejecución.
2. El Gobierno promoverá el deporte femenino y favorecerá la efectiva apertura de las disciplinas deportivas a las mujeres, mediante el desarrollo de programas específicos en todas las etapas de la vida y en todos los niveles, incluidos los de responsabilidad y decisión.


























































































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