Page 73 - OPOSOCIAL - Estrategia Nacional contra la pobreza energetica 2019-2024
P. 73

5. LA ESTRATEGIA NACIONAL CONTRA LA POBREZA ENERGÉTICA EN ESPAÑA
5.1 RÉGIMEN JURÍDICO DE LA POBREZA ENERGÉTICA EN ESPAÑA
Contexto juridico internacional
La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 es un documento declarativo de Derecho Internacional que marca un hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos, sociales y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III), como un ideal común para todos los pueblos y naciones. Establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse a nivel global.
En consecuencia, la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”, teniendo en cuenta los criterios generales establecidos en su preámbulo, que consideran que “los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad”.
Por lo tanto, los Estados se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, al respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, sobre la base de una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso
Por otra parte, el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 reconoce el derecho a una vivienda adecuada y el “derecho al acceso a energía para la cocina, la iluminación y la calefacción” y defensa que “los gastos derivados del uso del hogar deberían ser de un nivel que no impida ni comprometa la satisfacción de otras necesidades básicas”, conformándose como un parámetro jurídico esencial para informar los ordenamiento de los Estados en el ámbito de la pobreza energética
A su vez, en el ámbito internacional, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer instituye claramente el derecho a la electricidad como un derecho de alcance universal.
Finalmente, la Declaración sobre la Utilización del Progreso Científico y Tecnológico en Interés de la Paz y en Beneficio de la Humanidad (Resolución 3384 de la Asamblea General
 71

























































































   71   72   73   74   75