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- Esta competencia delegada se desarrolla en la Ley 15/94 del Deporte de la Comunidad de Madrid. Dicha Ley establece en su Título III tanto las competencias de la CAM, como las de las entidades locales de nuestra Comunidad.
3. El Consejo Superior de Deportes.
Dentro del sistema deportivo español y, como se ha señalado anteriormente, este está formado por entes del sector público y entidades de ámbito privado. Ente las primeras se encuentra el Consejo Superior de Deportes, el cual queda regulado en el Título II de la Ley 10/90.
La actuación de la Administración del Estado en el ámbito del deporte corresponde y será ejercida directamente por el Consejo Superior de Deportes, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (art.7).
Se le atribuyen, entre otras, las siguientes funciones:
 Autorizaciones y representación internacional.
 Reconocimiento y tutela de las diferentes federaciones españolas.
 Alta competición.
 Promoción del deporte.
 Control del dopaje.
 Conceder las subvenciones económicas a las federaciones.
 Elaborar propuestas para el establecimiento de las enseñanzas mínimas de las titulaciones de técnicos deportivos especializados.
El CSD se desarrolla normativamente en el RD 2195/2004 por el que se desarrolla y regula la estructura orgánica y las funciones del CSD.
 





















































































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