Page 33 - ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS 2021
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CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL PONTEVEDRA PRIMERA ETAPA P.H.
                         REVELACIONES A LOS ESTADOS FINANCIEROS A 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y 2018

                                                POLITICAS CONTABLES Y REVELACIONES

                                            NOTA 01.   ENTE ECONOMICO Y OBJETO SOCIAL

    El CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL PONTEVEDRA PRIMERA ETAPA P.H., es una asociación de copropietarios sin ánimo de Lucro, con
    personería jurídica otorgada por la Alcaldía de Suba, según Resolución 147916, Escritura Pública No.1514 Notaría 24 del Circulo de Bogotá, D.C.,
    de naturaleza civil, sin ánimo de lucro, ubicada en la carrera 71D No.95 A 45 de la ciudad de Bogotá, D.C.,   se identifica con el NIT. 900.136.206-1
    y se rige por las disposiciones de la ley 675 de 2001 (Nuevo Régimen de Propiedad Horizontal), y el Estatuto Tributario, tiene la calidad de no
    contribuyente de impuestos nacionales ni de industria y comercio, aunque debe actuar como agente de retención en la fuente sobre los pagos
    realizados a sus proveedores de bienes y servicios y está representada legalmente por su administrador Sr. JORGE AGUIRRE BELTRAN.

    OBJETO: Su principal objeto es administrar correcta y eficazmente los bienes y servicios comunes, manejar los asuntos de interés común de los
    propietarios de bienes privados y cumplir y hacer cumplir la ley y el reglamento de propiedad horizontal.

    RECURSOS PATRIMONIALES:  Están  conformados  por  los  ingresos  provenientes  de  expensas  comunes  ordinarias  y  extraordinarias,  multas,
    intereses, fondo de imprevistos y demás bienes e ingresos, adquiridos lícitamente para el cumplimiento de su objeto.

    ÓRGANOS DE ADMINISTRACION: La dirección y administración de la persona jurídica corresponde a la Asamblea General de Propietarios, al
    Consejo de Administración y al Administrador (a), quien actúa como su representante legal.

    ENTE DE CONTROL. La auditoría y el control de las operaciones de la copropiedad y las actuaciones de la administración es controlada por un
    revisor fiscal, contador público titulado, nombrado por la Asamblea general, quien permanente realiza las recomendaciones pertinentes y cada
    mes  presenta  su  informe  en  la  reunión  de  consejo  de  administración,  además  de  acompañar  el  proceso  de  revisión  y  presentación  de  las
    declaraciones  tributarias  de  la  copropiedad  (Retención  en  la  fuente).  En  complemento,  anualmente  presenta  a  la  asamblea  un  dictamen  u
    opinión profesional sobre el año evaluado.
                                     NOTA 2. BASES DE ELABORACION Y POLITICAS CONTABLES


    El 13 de Julio de 2009 se expide la ley 1314, por medio de la cual se moderniza el sistema contable colombiano a través de la convergencia de las
    normas de contabilidad, información financiera y de aseguramiento de la información con estándares internacionales de aceptación mundial,
    con las mejoras prácticas y con la rápida evolución de los negocios para conformar un sistema único y homogéneo de alta calidad, comprensible
    y de forzosa observancia.

    Mediante el decreto 2706 del 2012, se presentan los parámetros para la clasificación de los sujetos, independientemente de si tiene o no ánimo
    de lucro, enmarcados dentro del grupo 2.  Adicionalmente y atendiendo la recomendación del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, se
    presentará el estado de resultados presupuestal como un estado financiero de propósito especial, en el que se compara el presupuesto
    con su ejecución y se determina el resultado financiero.                                                                            29
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