Page 186 - D:\1. GESTIÓN APSSOMA\1.4 Manuales CDR APSSOMA\Proyectos de Guías CDR\015-IPERC\
P. 186
Consideraciones generales R.M 050-2013-TR.
a. La evaluación inicial de riesgos debe realizarse en cada puesto de trabajo del empleador,
por personal competente, en consulta con los trabajadores, sus representantes ante el Comité
o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo y sindicato, según corresponda.
b. La matriz IPERC se actualiza una vez al año como mínimo o cuando cambien las condiciones
de trabajo o se hayan producido daños a la salud y seguridad en el trabajo, como accidentes
de trabajo.
c. La evaluación de riesgos debe considerar las condiciones de trabajo existentes o previstas,
así como la posibilidad de que el trabajador que lo ocupe, por sus características personales
o estado de salud conocido, sea especialmente sensible a alguna de dichas condiciones.
d. Se debe incluir en la matriz IPERC, medidas de control referente a la protección de
trabajadores en situación de discapacidad, la protección de los adolescentes, la evaluación
de factores de riesgo para la procreación, así como, el enfoque de género y la protección
de las trabajadoras en periodo de embarazo o lactancia con el fin de adoptar las medidas
preventivas y de protección necesarias.
e. La identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus medidas de control forma parte
de la documentación del SGSST que debe exhibir el empleador; por lo tanto, este proceso
debe quedar documentado.
MANUAL DE AUTOINSTRUCCIÓN NTS-015 “IPERC” | 186