Page 180 - Presentación de PowerPoint
P. 180

El artículo 142 Código Civil regula, a grandes rasgos, el contenido de la prestación de alimentos. Esta prestación es la

      que deben prestarse entre sí los familiares en estado de necesidad.




      Su modalidad más conocida es la pensión alimenticia, que es la que debe pagar el progenitor no custodio en favor

      de su hijo tras su separación o divorcio.
   175   176   177   178   179   180   181   182   183   184   185