Page 180 - Presentación de PowerPoint
P. 180
El artículo 142 Código Civil regula, a grandes rasgos, el contenido de la prestación de alimentos. Esta prestación es la
que deben prestarse entre sí los familiares en estado de necesidad.
Su modalidad más conocida es la pensión alimenticia, que es la que debe pagar el progenitor no custodio en favor
de su hijo tras su separación o divorcio.