Page 14 - REGLAMENTO ALUMNOS Ciclo 2022-2023
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REGLAMENTO DE ALUMNOS 2022-2023
al plantel educativo y se considerará como inasistencia. Esto como parte de la
formación del alumno, fortaleciendo su voluntad, estimulando su espíritu de
trabajo y robusteciendo su sentido de responsabilidad.
X. En las actividades realizadas fuera del plantel que requieran de un servicio de
transporte, el costo de éste, será cubierto previamente en forma obligatoria por
todos los alumnos del grupo, sin excepción.
XI. Los viajes de práctica realizados dentro del Estado de Guerrero y fuera de éste,
son de carácter obligatorio, ya que éstos contribuirán a la formación técnica y
profesional de los alumnos. En cada salida, el alumno deberá entregar al docente
coordinador de la actividad o a la Subdirección Académica, el formato de
permiso oficial, firmado por sus padres o tutor autorizando dicha salida, mínimo
con tres días de anticipación al evento, así como también deberá firmar con la
misma anticipación, la carta responsiva oficial, si el caso lo amerita. En caso de
no entregar dichos documentos, no podrá realizar el viaje y no le serán devueltos
los pagos que haya realizado para tal fin.
XII. Acorde a la reglamentación vigente en la universidad, como requisito
indispensable para titulación y bajo la coordinación de la Dirección y la
Subdirección Académica de cada Campus, en observancia a los convenios de
colaboración establecidos, el alumno que haya cubierto el 70% de los créditos
de su licenciatura, deberá cumplir con su servicio social, acumulando un total de
480 horas y/o seis meses como mínimo, en alguna dependencia del servicio
público (federal, estatal o municipal) o asociación civil que realice actividades
propias de su especialidad. Tratándose de alumnos de las licenciaturas del área
de la salud, el servicio social tendrá un año de duración.
XIII. Acorde a la reglamentación vigente en la universidad, como requisito
indispensable para titulación y bajo la coordinación de las Direcciones General y
Subdirecciones Académicas de los Campus, el alumno realizará, de manera
obligatoria, prácticas profesionales acordes a su licenciatura, según la
calendarización y designación de tiempo y lugar que se asigne en observancia a
los convenios de colaboración establecidos con las instancias del sector público
y la iniciativa privada, debiendo cumplir con los parámetros establecidos en el
reglamento correspondiente a cada licenciatura. Contribuyendo con esto al
desarrollo integral de su formación técnica y profesional.
XIV. El cuidado de sus objetos personales y de valor, por lo que no harán responsable
a la universidad, directivos, catedráticos o personal administrativo de la misma,
del cuidado, robo, deterioro o extravió de los mismos dentro de las instalaciones
educativas o durante los viajes de estudios.
XIV(Bis). Cubrir el costo total, reponer (por uno de iguales características) o reparar,
cualquier material, equipo, instrumental de laboratorio u objeto que le haya
sido proporcionado a su resguardo para el desarrollo de sus actividades