Page 75 - REVISTA PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
P. 75

Art. 854. Término para solicitar la
                        Art. 853. Competencia funcional de las       devolución de saldos a favor. La solicitud de
                        devoluciones. Corresponde al Jefe de la           devolución de impuestos deberá
                       Unidad de Devoluciones o de la Unidad de       presentarse a más tardar   2 años después
                         Recaudo encargada de dicha función          de la fecha de vencimiento del término para
                                                                                    declarar.






                          Estudiar, verificar las devoluciones y
                          proyectar los fallos, y en general todas           Cuando el saldo a favor, haya
                          las actuaciones preparatorias y                    sido modificado mediante una
                          necesarias para proferir los actos de              liquidación oficial y no se hubiere
                          competencia.                                       efectuado la devolución, la parte
                                                                             rechazada no podrá solicitarse.









                                                  Art.  856.  Verificación  de  las     Art. 857. Rechazo e inadmisión de
                                                  devoluciones.    Seleccionará         las  solicitudes  de  devolución  o
                                                  aquellas  que  deban  ser  objeto     compensación. Las  solicitudes
                                                  de verificación, la cual se llevará   de  devolución  o  compensación
                                                  a  cabo  dentro  del  término         se   rechazarán    en   forma
                                                  previsto para devolver.               definitiva:



                                                                                                             1.   Cuándo   fueren   presentadas
                                                                      La    Administración   hará   una
                                  En  el impuesto  sobre  las  ventas,  la  constatación  de  la  existencia  de  las  extemporáneamente.
                                  constatación  se  efectuará  sobre  la  retenciones, impuestos  descontables o
                                  existencia  del  saldo  a  favor  y  el  pagos en exceso que dan lugar al saldo
                                  cumplimiento de los requisitos legales.  a favor.     2.  Cuando  el  saldo materia  de  la
                                  bastará    con  comprobar    que  existen             solicitud  ya  haya  sido  objeto  de
                                  uno  o  varios  de  los  proveedores                  devolución,   compensación   o
                                  señalados en la solicitud de devolución               imputación anterior
                                  que se somete a verificación.
                                                                                        3.  En  el  caso  de  los  exportadores,
                                                                                        cuando  el  saldo  a  favor  objeto  de
                                                                                        solicitud  corresponda  a  operaciones
                                                                                        realizadas  antes  de  cumplirse  con  el
                                                                                        requisito de la inscripción RUT Art. 555-
                                                                                        2 previsto en el artículo 507.



                                                    5.  Cuando  se  compruebe  que  el  4.  Cuando  dentro  del  término  de  la
                                                    proveedor   de   las   Sociedades   de  investigación  previa  de  la  solicitud  de
                                                    Comercialización Internacional, a la fecha  devolución  o  compensación,  como
                                                    de  solicitud  no  ha  cumplido  con  la  resultado  de  la  corrección  de  la
                                                    obligación  de  efectuar  la  retención,  declaración   efectuada   por   el
                                                    consignar  lo retenido  y  presentar  las  contribuyente o responsable, se genera
                                                    declaraciones de retención en la fuente.  un saldo a pagar.
   70   71   72   73   74   75   76   77   78   79   80