Page 59 - REVISTA PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
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DETERMINACIÓN PROVISIONAL DEL IMPUESTO





                  Impuestos,
                  gravámenes,

                  contribuciones,
                  sobretasas,
                  anticipos y
                  retenciones que               Sanciones
                  hayan sido                    omitidas o
                  declarados de                 indebidamente
                  manera                PROVISIONAL  liquidadas en    PROVISIONAL                PROVISIONAL
                  inexacta o que                las                           Sanciones por
                  no hayan sido                 declaraciones                 el
                  declarados por                tributarias                   incumplimien
                                        LIQUIDACIÓN                   LIQUIDACIÓN  formales.     LIQUIDACIÓN
                  el contribuyente                                            to de las
                                                                              obligaciones















                PROCEDIMIENTO                      Cuando se solicite modificación
                  PROVISIONAL                      de  Liquidación Provisional, la       El contribuyente tendrá un (1)
              PROFERIR, ACEPTAR,                   Administración     Tributaria         mes para aceptar o rechazar la
                  RECHAZAR O                       deberá pronunciarse dentro de         nueva Liquidación Provisional,
                                                                                                             de
                                                                                                      partir
                                                                                                  a
                                                                                         contado
                                                                                                                  su
                   MODIFICAR                       los dos (2) meses siguientes al       notificación.
                  LIQUIDACION                      agotamiento del término
                                                   Una vez proferida la Liquidación      Las sanciones que se deriven de
                                                   Provisional, el contribuyente         una   Liquidación  Provisional
                                                   tendrá un (1) mes contado a           aceptada se reducirán en un
             Dentro del término de firmeza         partir de su notificación para        cuarenta por ciento (40%) del
             de la declaración tributaria,
                                                   aceptarla, rechazarla o solicitar     valor  que  resulte  de  la
                                                   su modificación por una única         aplicación   del    régimen
                                                   vez                                   sancionatorio



                                                                                         La firmeza de las declaraciones
                                                                                         tributarias corregidas o
             Dentro del término de cinco (5)
             años contados a partir de la          Dentro del término previsto           presentadas por el
             fecha del vencimiento del plazo       para imponer sanciones,               contribuyente, con ocasión de
             para declarar                                                               la aceptación, será de seis (6)
                                                                                         meses a partir de la fecha de su
                                                                                         corrección o presentación
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