Page 60 - REVISTA PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
P. 60

Arts. 765 al
                                                                771-4 del E.T.










                                       Los contribuyentes podrán solicitar como prueba, documentos
                                       expedidos por las oficinas de impuestos, indicando su fecha,
                                                          número y oficina.                           P

                                                                                                      R

                                                                                                      U

                                        Al invocar como prueba el contenido de documentos que se      E
                                       guarden en las oficinas de impuestos, debe pedirse el envío de
                                                            tal documento                             B

                                                                                                      A



                                        El reconocimiento de la firma de los documentos privados
                                              puede hacerse ante las oficinas de impuestos.
                                                                                                      D

                                                                                                      O


                                      Los pasivos deben estar respaldados por documentos idóneos y    C
                                          con el lleno de todas las formalidades exigidas para la
                                       contabilidad excepto los que no esten obligados a llevar libros   U
                                                           de contabilidad                            M

                                                                                                      E

                                                    Para desconocer costos y gastos:                  N
                                      - El pago se efectúa a una jurisdicción no cooperante de baja o
                                      nula imposición o a entidades sometidas a un régimen tributario  T
                                                                  -                                   A

                                                                                                      L
   55   56   57   58   59   60   61   62   63   64   65