Page 25 - CuadernoETICA
P. 25

Instituto Tecnológico Universitario Quito Metropolitano




               contra la dignidad humana y el derecho a la vida, por un lado, y por otro lado tiene la obligación


               de proteger la vida de todos, es decir, de no agredirla y violarla. Interferencia de terceros. Por un

               lado, el Estado tiene la obligación de garantizar la vida de los civiles indefensos en la zona donde

               fue derribado el avión, pero lo mismo se aplica a los pasajeros inocentes del avión. De esta


               forma, los secuestradores no solo los ven como un objeto, sino que el Estado también los ve

               como un objeto que protege la vida de los demás. La tripulación y los pasajeros se encuentran en


               una situación sin más remedio que ser vulnerables y perder la vida; El tribunal señaló que esta

               actitud desconocía que el pasajero es un sujeto digno y posee derechos inalienables. También es


               inaceptable suponer que la tripulación y los pasajeros aceptarán ser derribados, ya que esto no es

               razonable. Además, la evaluación normativa incluye una evaluación prospectiva de la esperanza

               de vida restante de los ocupantes de la aeronave sin posibilidad de rescate. No se puede suponer


               que la vida de estas personas "seguirá perdiéndose". Es aún más inaceptable que las personas a

               bordo de la aeronave destinadas a ser utilizadas como armas sean parte de ella y deban ser


               tratadas como tales, ya que esta visión significa que las víctimas de secuestro no son

               consideradas humanas.























                                                             25
   20   21   22   23   24   25   26   27   28   29   30