Page 33 - Estatuto
P. 33

Orgánico Estructural y Numérico de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, así como para la
            actualización y/o mejora del Manual de Descripción, Clasificación y Valoración de
            Puestos.

            Tercera.-  Los  comités  podrán  ser  creados,  eliminados  o  modificados  por  la  máxima
            autoridad, bajo la reglamentación vigente.

            Cuarta.- Deróguese todas las disposiciones y normativas que se opongan al presente
            Estatuto.

                                  DISPOSICIONES TRANSITORIAS

            Primera.-  Las  unidades  orgánicas  de  la  Fuerza  Aérea  Ecuatoriana  deberán
            implementar, lo establecido en este estatuto, progresivamente para cumplir con   la
            misión, atribuciones, productos y servicios a partir de la fecha de aprobación por
            parte de la autoridad competente.

            Segunda.- El presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, entrará
            en vigencia desde la fecha de su aprobación por parte del Ministerio de Trabajo, sin
            perjuicio de su publicación.

            Publíquese y Comuníquese.-

            Dado en Quito D.M.,









                                  Patricio Zambrano Restrepo
                                MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL











                                             35
   28   29   30   31   32   33   34