Page 70 - Reglamento Interno BOUDICA
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cualquier cuota establecida por el Condominio.
b) El horario de uso de esta área es de lunes a domingo de 07:00 a 22:00
horas.
c) El residente deberá realizar reservación en la Administración con un
mínimo de 3 días, deberá firmar un formato y realizar un depósito de
$1,500.00 (Un mil quinientos pesos 00/100 MN) y un pago de $600.00
(Seiscientos pesos 00/100 MN) que incluyen el gas y una persona de
limpieza encargada de mantener limpia el área.
d) El uso del área es exclusivamente para mayores de 18 años.
e) Solo podrá permanecer en el área de cocina un chef y dos ayudantes
de cocina.
f) El número máximo de personas que podrán permanecer en el área
es de 10 personas.
g) El residente deberá entregar en la administración su lista de invitados
un día antes, para poder coordinar con seguridad los ingresos de sus
visitas, en caso de no contar con dicha lista no podrán ingresar.
h) Los residentes deberán informar a sus visitas que para poder ingresar
al condominio es forzoso presentar una identificación oficial en
recepción.
i) El uso del equipo del salón es responsabilidad del residente,
cualquier desperfecto o daño a las instalaciones, equipo, material o
mobiliario deberá cubrirlo en su totalidad, en un plazo no mayor a 30
días naturales.
j) En caso de que el residente no quiera retirarse del lugar a la hora
establecida se hará acreedor a una sanción económica y se le bajara
el breaker de luz. En caso de incurrir más de una vez en esta falta no
podrá reservar esta área en los próximos 6 meses.
k) Quedan prohibidas las expresiones y/o comportamientos que
alteren la moral dentro del condominio.
l) En caso de poner música deberá de ser una mini bocina portátil y no
deberá exceder el volumen moderado. En caso de excederlo se le
pedirá retire la música.
m) El Administrador o el personal de seguridad, podrá retirar de esta área
a toda persona que no guarde la compostura, violente la paz o la
tranquilidad del condominio.
L. CO-WORKING
a) El uso es exclusivo para residentes que se encuentren al corriente en
cualquier cuota establecida por el Condominio.
b) En caso de los propietarios que arrenden su departamento, éstos
ceden los derechos al inquilino, por lo por lo que el propietario queda sin
derecho al uso de las instalaciones.