Page 75 - Reglamento Interno BOUDICA
P. 75
ingresar al área con ropa y calzado adecuado para el área.
l) Cada residente o invitado deberá llevar toalla de uso personal.
m) No está permitido el ingreso de alimentos y bebidas alcohólicas en esta
área. Solo está permitida el agua embotellada y bebidas energizantes.
n) Cualquier desperfecto a las instalaciones o equipos deberá cubrir el pago
por equipo, material, o mobiliario, en un plazo no mayor a 30 días
naturales.
o) Quedan prohibidas las expresiones obscenas dentro del área.
p) En caso de requerir música deberá ser propicia del lugar y mantenerse en
un volumen moderado.
q) No está permitido fumar, introducir objetos de vidrio o punzo cortantes
dentro de estas instalaciones.
r) Solo podrá hacer uso de difusores eléctricos o cualquier otro que no
ponga en riesgo el condominio, nada que se encienda y provoque fuego.
s) La administración no se hace responsable por objetos olvidados en el
área de masajes.
t) Toda persona que use estas instalaciones, lo hará bajo su propio riesgo.
La administración no se hace responsable en ninguna forma por cualquier
eventualidad, lesión, etc., que pudieran sufrir las personas que hagan uso
de estas instalaciones.
u) El Administrador o el personal de seguridad, podrá retirar de esta área a
toda persona que no guarde la compostura, violente la paz o la
tranquilidad del condominio.
Pista de Jogging
a) El uso es exclusivo para residentes que se encuentren al corriente en
cualquier cuota establecida por el Condominio.
b) En caso de los propietarios que arrenden su departamento, éstos
ceden los derechos al inquilino, por lo que el propietario queda sin
derecho al uso de las instalaciones.
c) El horario de uso de esta área es de lunes a domingo de 06:00 a 22:00
horas.
d) Esta área no requiere de reservación.