Page 235 - DERECHO INDÍGENA Y DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA (1988)
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En 1982 el presidente de la FUNAI distribuyó una circular interna a todos los
funcionarios en la que les prohibía efectuar estudios, investigaciones o hacer
comentarios relativos a cualquier indicador que no estuviera contenido en el
Estatuto del Indio.
4. Perspectivas de solución
La población indígena del Brasil constituye un contingente bastante
reducido si se le compara con la población total del país. Está formada por
pequeños grupos dispersos en amplias zonas geográficas y con una movilización
que difícilmente sobrepasó los límites locales o regionales durante casi toda su
historia. Puede decirse que fue hasta hace poco cuando esos pueblos todavía
carecían de un programa que defendiera sus intereses más generales, aún
cuando la gran concentración de tierras hiciera que casi todas esas áreas fueran
escenario de fuertes tensiones y conflictos por causa de la posesión de la tierra.
De esa forma, la tarea de denunciar los crímenes y abusos hacia los
indígenas quedó a cargo, por mucho tiempo, de grupos aislados de intelectuales y
fue sólo hasta hace unos años que sus problemas comenzaron a integrarse a un
contexto más amplio de las luchas populares aunque todavía de forma muy tímida.
El Secretariado Nacional de Actividades Misioneras, órgano de la
Conferencia Nacional de Obispos del Brasil (CNBB) promovió un encuentro que
tenía el propósito de formular una nueva política indigenista para las misiones
católicas. Cuatro años más tarde se estructuró el Consejo Indigenista Misionero
(CIMI) cuyas actividades básicas serían las de otorgar asesoría a los trabajos
misioneros en las comunidades indígenas. Su primera tarea importante fue la de
elaborar un anteproyecto del Estatuto del Indio en el que se procuraba ampliar el
espacio para el ejercicio de las actividades misionarías. Se intentó con la FUNAI a
través de reuniones secretas, llegar a la conciliación de intereses pero no se tuvo
éxito. Esto se debió a que el presidente de la República sancionó el Estatuto del
Indio y vetó, entre otros, el párrafo único del artículo 2, en donde se reconocía el
derecho de las misiones religiosas y científicas para prestar a los indios servicios
de naturaleza asistencial.
Si bien el presidente del CIMI persistía en hacer declaraciones conciliatorias,
varias de sus misiones protestaron con fuerza en contra del veto presidencial y
afirmaron que estaban en disposición absoluta de defender la tierra de los indios.
Este grupo promovió en 1974 el Primer Encuentro de Jefes Indígenas que tenía
como objeto ofrecer la oportunidad para que los representantes y líderes de
diversos grupos pudieran conocerse y discutir sus problemas en común.
Paralelamente estos misioneros comenzaron a intensificar sus críticas a la política
de la FUNAI que en poco tiempo reaccionó oponiéndose a que entraran dos
misioneros que eran bastante combativos en las áreas indígenas del país. Este
suceso precipitó un cambio importante en las líneas de acción de la pastoral
indígena: se ampliaron sus objetivos e introdujeron, además de la defensa de la
tierra, el reconocimiento y respeto por la cultura y autodeterminación indígenas. La
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