Page 183 - Santoro, Cesare El Nacionalsocialismo
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de marcos. Las reducciones inmediatas, concedidas en los impuestos, han beneficiado
                  considerablemente los precios de los productos agrícolas.
                  Una medida eficaz ha sido también la reducción de la tasa para el subsidio a los obreros
                  parados  que  importa  unos  400  millones  de  marcos  y  que  condujo  a  un  aumento  del
                  poder adquisitivo del obrero. Hay que mencionar, además, la exención de impuestos a
                  las  pequeñas  viviendas  y  hogares  propios,  la  abolición  del  impuesto  sobre  los  vinos
                  espumosos  y  aguas  minerales,  la  rebaja  del  impuesto  sobre  las  transacciones  para  el
                  comercio interior y al por mayor, y del impuesto sobre los alquileres.
                  Otras medidas fiscales
                  El 15 de julio de 1933 se promulgó una ley sobre rebaja de impuestos. Su disposición
                  más importante consiste en una autorización ilimitada al ministro de Hacienda del Reich
                  para eximir, total o parcialmente, por un período determinado por él, de los impuestos
                  corrientes  del  Reich  y  de  los  Estados  federales  a  aquellos  fabricantes  que  empleen
                  nuevos procedimientos de fabricación o produzcan materiales de nuevo tipo si esto es
                  reconocido  como  de  absoluta  necesidad  para  la  economía  general  de  la  nación.  Esta
                  autorización  ya  ha  sido  aplicada  con  amplitud  y  es  de  gran  importancia  para  la
                  realización  del  nuevo  Plan  cuadrienal;  además,  es  un  medio  excelente  para  evitar  el
                  encarecimiento  durante  los  primeros  años  del  Plan.  Otras  medidas  encaminadas  a
                  estimular el aumento inmediato de las demandas de mercancías y de servicios, o para
                  favorecer un aumento del poder adquisitivo de las familias numerosas, están contenidas
                  en las leyes relativas a la gran reforma fiscal del 16 de octubre de 1934. Se trata con
                  particularidad  de  una  consideración  mayor  respecto  a  la  situación  de  la  familia  en
                  cuanto a la cédula personal y a los impuestos sobre la renta, fortuna y herencia.
                  Según estas leyes el asalariado casado está completamente libre de impuestos sobre la
                  renta:  con  4  hijos  y  un  sueldo  mensual  de  hasta  260  marcos,  con  5  hijos  hasta  351
                  marcos  mensuales,  con  6  hijos  hasta  793  marcos  mensuales,  con  7  hijos  hasta  910
                  mensuales y con 8  hijos, etc., hasta 1.097  marcos mensuales.  Además,  los  impuestos
                  para las familias numerosas son muy bajos. Un padre con 6 hijos y un sueldo mensual
                  de 800 marcos paga solamente 1,04 marcos al mes por concepto de impuesto sobre la
                  renta.
                  En  la  cédula  personal  antes  no  se  consideraba  la  posición  social  de  la  familia;  era
                  simplemente un impuesto por cabeza. Desde el 1.º de enero de 1934 esta situación ha
                  cambiado. cuando aún no se había reformado la cédula personal, un obrero casado, con
                  4 hijos, un salario semanal de 50 marcos y con residencia en Berlín, tenía que pagar un
                  impuesto anual de 42 marcos; el mismo obrero está ahora completamente exento de este
                  impuesto.  Por  otra  parte,  el  límite  de  exención  se  ha  elevado  considerablemente,  de
                  modo que el número de personas sujetas a la cédula personal se ha reducido mucho.
                  En el impuesto sobre la fortuna, el marido, la mujer y cada hijo menor son liberados con
                  un capital que no pasa de 10.000 marcos por persona; por ejemplo: un matrimonio que
                  con 3 hijos y con 40.000 marcos de capital tenía que pagar, según la Ley antigua, 200
                  marcos al año, a partir de 1936 ha quedado libre del impuesto sobre la fortuna.
                  En el impuesto sobre la herencia hay también límites de exención: 30.000 marcos por
                  cada hijo y 10.000 por cada nieto. Antes del año 1935 el hijo que heredaba de su padre
                  25.000 marcos tenía que entregar una parte de la herencia al fisco. Hoy está libre de
                  impuesto.
                  La  mayor  atención  que  se  presta  a  la  situación  social  de  la  familia  y  la  concesión
                  permanente de subsidios  infantiles,  significa el  comienzo  del  equilibrio  de  las cargas
                  familiares  hasta  que  llegue  el  momento  en  que  sea  posible  proceder  a  un  equilibrio
                  completo de aquellas mediante la creación de la “Caja nacional de compensación para
                  familias”



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