Page 286 - Santoro, Cesare El Nacionalsocialismo
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El Derecho Civil
El Derecho Civil también ha experimentado una renovación fundamental que se ha
impuesto por completo en la práctica de los tribunales. El defecto capital del antiguo
procedimiento era la prolongación en la vista del proceso, que ahora se lleva a cabo sin
aplazamientos, y por su supresión y la de las vacaciones de los tribunales, se ha logrado
acelerar la marcha del proceso civil. La ley complementaria sobre el proceso civil, de 27
de octubre de 1933, que establece la obligación de declarar la verdad, ha sacado el
proceso civil de la esfera de la lucha desenfrenada de intereses y lo ha elevado a una
categoría pura y certera de Derecho, poniendo en lugar de una prueba documental
formalista y dispersa, otra inmediata unificada ante el tribunal competente. La
jurisprudencia del Tribunal Supremo ha emprendido nuevos derroteros, liberándose de
toda traba de antiguas sentencias ya superadas. Las nuevas Salas garantizan la
uniformidad de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
En los procedimientos ejecutivos en primer término, tuvieron que adoptarse medidas de
protección que luego, a medida que progresara la estabilización y saneamiento de las
condiciones económicas en general, fueron menguadas paulatinamente para
transformarse en un nuevo derecho ejecutivo económico-social, facultando así a los
tribunales a proteger a los deudores honrados y a frustrar los ardides de los deudores de
mala fe. La orden sobre la ejecución forzosa de 26 de mayo de 1933, además de la de 24
de octubre de 1934 referente a la reforma del derecho de retención de sueldos y salarios,
y la ley de 13 de diciembre de 1935 sobre los abusos ejecutivos, son etapas importantes
en el desarrollo de este aspecto de la justicia civil.
Otras reformas importantes encierra también la ley de 26 de febrero de 1935 referente a
los arreglos comerciales, que elimina los graves inconvenientes de la antigua, porque
refuerza esencialmente la influencia del tribunal en el procedimiento.
En la importante esfera del registro de la propiedad, que adolecía por la diversidad de
aplicación del Derecho civil de los distintos Estados, se ha conseguido la unificación
por la ley del registro de la propiedad de 25 de agosto de 1935 y por el decreto de
aplicación de 8 de agosto de 1935.
En la cuestión de las costas y de la jurisdicción voluntaria, se ha conseguido un
progreso notable hacia la unidad en todo el Reich, por medio de la orden de 23 de marzo
de 1936, ya que actualmente no quedan más que dos tribunales superiores: la Audiencia
de Berlín y la Corte Superior de Munich.
Renovación del Derecho
La legislación moderna de un país no debe estar en contradicción con las ideas,
costumbres, cultura y orden social del pueblo, sino que, por el contrario, debe de ser la
confirmación escrita, el cuadro más fiel del sentir del pueblo y la imagen de las
exteriorizaciones más típicas de su vida. No debe, por lo tanto, formar simplemente una
base del poder, a cuyo formalismo se tenga que someter el pueblo, sino que ha de ser la
expresión de las ideas de Derecho que ya existen en el seno del mismo.
Este axioma es tanto más aplicable a Alemania, cuanto que aquí ha tenido lugar un
cambio radical del espíritu, y ha surgido una nueva ideología basada en la comunidad
nacional del Tercer Reich, que ha sustituido los principios de la república de Weimar.
Los artículos de fe nacionalsocialista tenían que manifestarse en nuevos códigos , a fin
de proporcionarle al Juez su posición correspondiente frente al Derecho.
El jefe del derecho del Reich, ministro Dr. Frank, declaró hace dos años ante el Consejo
Económico de la Academia Alemana de Berlín, que la doctrina esencial de la idea
nacionalsocialista del Derecho se puede plantear en cinco grandes temas jurídicos: la
legislación racial, la legislación agraria y del patrimonio rural, el derecho internacional,
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