Page 291 - Santoro, Cesare El Nacionalsocialismo
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Se han llevado a cabo también modificaciones y reformas importantes en el derecho de
las sociedades cooperativas, pero desgraciadamente nos falta espacio para enumerarlas.
Todas ellas van orientadas hacia la ordenación del régimen cooperativo, según los
conceptos económicos y jurídicos nacional___socialistas.
En el campo de la protección legal del comercio, las leyes respectivas sobre patentes,
modelos y marcas de fábrica de fecha 5 de mayo de 1936, han realizado algunos
principios fundamentales del nacionalsocialismo. Las medidas para la defensa del
inventor aumentan la protección a la personalidad creadora; los inventores faltos de
medios económicos, disfrutan de facilidades en cuanto a los gastos necesarios para
obtener la patente de invención con los derechos que se derivan de la misma. Al mismo
tiempo se tiende a la simplificación del proceso en los litigios relativos a las patentes,
por medio de la centralización en un número reducido de audiencias territoriales que
intervienen en los asuntos judiciales de esta índole. La colaboración de la Oficina de
Patentes en los pleitos judiciales, implantada recientemente, persigue los mismos fines.
La Academia del Derecho Alemán
Su objeto
Hace seis años, el Presidente de los jurisconsultos alemanes, ministro Dr. Hans Frank,
en colaboración con algunos compañeros, proyectó la creación la creación de la
Academia del Derecho alemán. Fue éste un plan muy aventurado, si bien de una
importancia transcendental para la vida jurídica alemana en general. Una institución de
tan reciente creación se había de hacer cargo del puesto directivo en la labor
fundamental de plasmar las tradiciones del tesoro más valioso de la cultura nacional.
Hasta entonces no había en el Reich ninguna entidad de una importancia semejante, aún
cuando existían la tradición y la experiencia.
La idea de crear una Academia de Derecho surgió del convencimiento de que la
dirección espiritual nacionalsocialista debía proporcionar normas vitales e
inquebrantables al nuevo edificio jurídico. Esto sólo podía ser realizado cuando todos
los esfuerzos reunidos, libres del peso de la labor legisladora cotidiana, eximidos de las
restricciones de la administración corriente, pudieran concentrar su atención sobre este
gran objetivo. Como hasta ahora lo ha hecho el nacionalsocialismo, la Academia
también considera su función primordial mantenerse en una línea de prudente
moderación entre los dos extremos del concepto del Derecho, o sea entre la exagerada
estimación del precepto formal de la ley y su interpretación legislativo-romántica. La
idea dominante de la Academia, es la conservación exclusiva de un orden social bien
definido e interiormente bien disciplinado; rechaza, en cambio, toda vaguedad en los
conceptos del derecho, ya sea un obsequio de una popularidad del momento o de una
ideología pasajera.
Con el comienzo de sus trabajos, en otoño de 1933, la Academia se halló frente a un
campo de acción que había quedado yermo durante los años anteriores, de tan áspera
lucha política, y luego tuvo que adaptarse a la transformación general, de modo que
apenas pudo dar término con tranquilidad a su organización administrativa. Las
funciones de la Academia son extraordinariamente variadas. Las comisiones
parlamentarias existentes hasta 1933, sobre las cuales recaía la mayor parte de la labor
legisladora, dejaron de existir; el trabajo de los ministerios aumentó por esta razón de
manera considerable. La situación política puso de manifiesto la necesidad de acelerar
el trabajo, ya que una gran parte de las leyes y procedimientos existentes eran
incompatibles con la nueva situación creada. Esta incompatibilidad no se refería
solamente al derecho público y administrativo, sino también, en gran parte, al derecho
civil.
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