Page 7 - DERECHO PENAL DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD
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ROBO LEVE O ARREBATÓN






                Robo leve o arrebatón, consagrado

                    en último aparte del artículo 456 el


                    legislador establece: Si la violencia

                    se dirige únicamente a arrebatar la


                    cosa a la persona, la pena será de


                    prisión de dos a seis años. Aquí la

                    acción delictiva y la violencia, se


                    dirigen única y exclusivamente al

                    objeto o cosa mueble ajena y nunca


                    hay violencia contra las persona,


                    sólo contra la cosa. Por ejemplo

                    cuando un sujeto le arrebata la


                    cartera a una dama en la calle, la

                    acción violenta va dirigida a la


                    cartera más no a la dama.
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