Page 34 - MANUAL DE PRESUPUESTO MUNICIPAL (1)
P. 34

de  la  Ley  715  de  2001,  incluyendo  los
                                                                      sectores de educación y salud.


                                                                      Sistema    General   Forzosa   Inversión
          TI.A.2.6.2.1.1.7.1   Deporte y Recreación
                                                                      destinado a deporte y recreación.
                                                                      Sistema    General   Forzosa   Inversión
          TI.A.2.6.2.1.1.7.2   Cultura
                                                                      destinado a cultura.
                                                                      Sistema  General  Forzosa  Inversión  con
                                                                      otras  destinaciones  diferentes  a  las
                               Resto libre inversión(Incluye recursos
          TI.A.2.6.2.1.1.7.4   de libre inversión Municipios menores   anteriores.  En    caso  de  restitución
                                                                      operación  FOSYGA  o  pago  de  deuda
                               de 25000 habitantes)
                                                                      contratos régimen subsidiado reporte sin
                                                                      situación de fondos.
                                                                      Recursos  provenientes  del  Fondo  de
                                                                      Solidaridad  y  Garantía  del  Sistema
                               Fondo de Solidaridad y Garantías -     General de Seguridad Social en Salud con
          TI.A.2.6.2.1.3
                               FOSYGA-                                el fin de adelantar inversiones de acuerdo
                                                                      a  las  directrices  del  Ministerio  Salud  y
                                                                      Protección Social.
                                                                      Recursos  destinados  a  la  cofinanciación
                               FOSYGA Régimen subsidiado              UPC  del  régimen  subsidiado  en  la
          TI.A.2.6.2.1.3.1
                               operación corriente                    vigencia  corriente  (sin  situación  de
                                                                      fondos).
                                                                      Recursos  para  el  pago  de  deuda
                               FOSYGA Recursos para financiar         reconocida por Municipios de categorías
          TI.A.2.6.2.1.3.2     pagos de deuda reconocida sobre        4,  5  y  6  sobre  contratos  de  régimen
                               contratos de régimen subsidiado        subsidiado  según  Art.  5  Ley  1608/2013
                                                                      (sin situación de fondos).
                                                                      Son  los  recursos  transferidos  por
                               COLJUEGOS 75 % - Inversión en salud.  COLJUEGOS. Registre aquí por lo menos
          TI.A.2.6.2.1.4       (Ley 643 de 2001, Ley 1122 de 2007 y   el 75% de los recursos transferidos, que
                               Ley 1151 de 2007 )                     debe ser destinado a inversión. No incluye
                                                                      Loto en Línea.
                                                                      Contraprestación  económica  recibida  a
                                                                      titulo  de  regalía  por  las  entidades
                               Regalías y Compensaciones  (Régimen  territoriales  donde  se  exploten  los
          TI.A.2.6.2.1.7       Anterior de Regalías Ley 141/94 y      recursos  naturales  no  renovables  o  por
                               756/02)                                los  Municipios  portuarios  marítimos  y
                                                                      fluviales  a  través  de  los  cuales  se
                                                                      transporten los mismos.
                                                                      Regalías   recibidas   por   la   entidad
                               Regalías por hidrocarburos petróleo y
          TI.A.2.6.2.1.7.1     gas  (Régimen Anterior de Regalías     territorial, generadas por la explotación de
                                                                      hidrocarburos o su transporte a través de
                               Ley 141/94 y 756/02)
                                                                      puertos marítimos o fluviales.
                                                                      Regalías recibidas por la entidad territorial
                               Regalías por carbón  (Régimen
          TI.A.2.6.2.1.7.2     Anterior de Regalías Ley 141/94 y      generadas por la explotación de carbón o
                                                                      su  transporte  a  través  de  puertos
                               756/02)
                                                                      marítimos o fluviales.
                                                                      Regalías recibidas por la entidad territorial
                               Regalías por Níquel, hierro, cobre y   generadas  por  la  explotación  de  níquel,
                               demás minerales metálicos  (Régimen
          TI.A.2.6.2.1.7.3                                            hierro,  cobre  y  demás  minerales  no
                               Anterior de Regalías Ley 141/94 y      metálicos  o  su  transporte  a  través  de
                               756/02)
                                                                      puertos marítimos o fluviales.



                                                                                                          34
   29   30   31   32   33   34   35   36   37   38   39