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CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS
Descripción del artículo 123
TITULO SEXTO: DEL TRABAJO Y DE LA PREVISION SOCIAL
Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.
Tiene dos apartados
A: entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y, de una manea
general, todo contrato de trabajo.
Establece la duración de la jornada de trabajo máxima y mínima de trabajo, así
como la prohibición de la utilización del trabajo de los menores de quince años. Al
igual estipula los días de trabajo que debe disfrutar el operario y habla sobre los
derechos con los cuales cuenta las mujeres durante el embarazo.
En este artículo están estipulados los salarios mínimos con los cuales gozaran los
empleados, de igual forma las utilidades que led corresponden, horas extras y como
serán remunerados. Menciona que las empresas (cualquiera que sea su actividad
o giro) están obligadas a proporcionar a sus trabajadores capacitación o
adiestramiento para el trabajo.
Deja en claro que los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo
y de las enfermedades profesionales de los trabajadores.
Las leyes reconocen como un derecho de los obreros y de los patrones las huelgas
y los paros.
Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni
Nacionalidad.