Page 40 - tmp_Neat d.c no se
P. 40

“Artículo 84 del Código Civil de Coahuila.






       El patrimonio de una persona es el conjunto



       de bienes, derechos y obligaciones



       apreciables en dinero, y que constituyen una



       universalidad”.
   35   36   37   38   39   40   41   42   43   44   45