Page 41 - tmp_Neat d.c no se
P. 41

“Artículo 84 del Código Civil de Coahuila.






 El patrimonio de una persona es el conjunto



 de bienes, derechos y obligaciones



 apreciables en dinero, y que constituyen una



 universalidad”.
   36   37   38   39   40   41   42   43   44   45   46