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14. Convocar al Comité Escolar de Convivencia y la Ruta de Atención Integral en caso de ser
necesaria y según las condiciones estipuladas en la ley 1620 de 2013.
15. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto
educativo institucional y/o la junta directiva de la corporación.
ARTÍCULO 54. CONSEJO DIRECTIVO,
Es la instancia superior administrativa y académica del colegio. Está integrado por
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1. El Rector, quien lo preside y convoca ordinaria y extraordinariamente cuando lo considere
conveniente.
2. Dos representantes del personal maestro, elegidos en una asamblea docente por la mayoría
de votos.
3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por el consejo de padres. Éstos podrán
ser reelegidos por una sola vez y para conservar su calidad deben sus hijos estar
matriculados.
4. Un representante elegido por el consejo estudiantil entre una terna de estudiantes del último
grado.
5. Un representante de los ex -estudiantes, elegido por el Rector.
6. Un representante del sector productivo, elegido por la Junta Directiva de la Corporación.
ARTÍCULO 55. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
1. Tomar las decisiones para solucionar situaciones que afecten el funcionamiento de la
institución y que no sean competencia de otra autoridad.
2. Servir de última instancia para resolver los conflictos que se presenten entre maestros y
administrativos con los estudiantes del Gimnasio después de haber agotado los
procedimientos previstos en el manual de convivencia.
3. Adoptar el manual de convivencia del Gimnasio de conformidad con las normas vigentes.
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos
estudiantes.
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno
de sus miembros se sienta lesionado.
6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal maestro presentado por el
rector.
7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y
del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de educación respectiva
o del organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos
establecidos en la ley y los reglamentos
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social de los
estudiantes que han de incorporarse al manual de convivencia
10. Participar en la evaluación anual de los maestros, directivos y personal administrativo de la
institución.
11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias,
culturales, deportivas y recreativas.
GCU MCO. Elbra: Comunidad Educativa
Aprueba: Consejo Directivo
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