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Estos preceptos son el marco en el cual las acciones del Estado deben circunscribirse, así:
En el ámbito de la educación, se debe partir del ser humano, tomando como base el respeto a los
derechos humanos, el medio ambiente y la democracia; debiendo ser participativa, incluyente, diversa;
además de impulsar la equidad de género, la justicia, la libertad, la paz; incentivar la creatividad, la
cultura, el desarrollo de capacidades y la iniciativa.
En la salud, se garantiza el acceso permanente y oportuno de todas y todos a servicios de atención
integral de salud, salud sexual y reproductiva sin exclusiones de ningún tipo, regidos por principios de
equidad, solidaridad, interculturalidad con enfoque de género y generacional.
En el art. 393 de la Constitución se manifiesta “El Estado garantizará la seguridad humana a través de
políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas, promover una
cultura de paz y prevenir las formas de violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos.
La planificación y aplicación de estas políticas se encargará a órganos especializados en los diferentes
niveles de gobierno.”
Declaración Universal de los derechos Humanos:
“Artículo 2 Nº1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin
distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen
nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.”

