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          DEL PUEBLO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Fuente: Elaboración propia con en la información consultada (Agencia de Renovación del Territorio, 2017).
    ETAPA
   OPCIÓN 1 FIDUCIA
   OPCIÓN 2 CONVENIO
   Aprobación
  La ART realiza la verificación de requisitos, y aprueba la vinculación del contribuyente mediante acto administrativo y con sujeción al cupo CONFIS
  La ART realiza la verificación de requisitos, y aprueba la suscripción del convenio entre el contribuyente y la entidad nacional compe- tente, mediante acto administrativo.
   Ejecución del proyecto
  Constitución de fiducia, depósito de recur- sos en fiducia, elaboración del cronograma general del proyecto, elaboración de los tér- minos de referencia y celebración de con- tratos de gerencia e interventoría, consti- tución de pólizas y suscripción del acta de inicio para la ejecución del proyecto.
  Se realiza el proceso de firma del convenio entre el contribuyente y la entidad nacional competente, y según el caso, se puede rea- lizar firma tripartita con el ente territorial u operadores de servicios públicos, se estable- cen las reglas para la ejecución del proyec- to de inversión, teniendo en cuenta el mar- co normativo existente y las estipulaciones consignadas en el Convenio; como también los trámites para la constitución del patri- monio autónomo por parte del contribuyente para depositar el valor de la interventoría y la contratación de la misma por parte del mi- nisterio (si aplica) y las acciones para dar ini- cio a la ejecución del proyecto.
   Entrega y recepción de la obra y extinción de la obligación tributaria al contribuyente o expedi- ción de los TRT por parte de la DIAN
  La gerencia del proyecto en conjunto con el contribuyente, realizarán entrega formal y material de la obra construida y en dispo- sición para su uso y/o funcionamiento, o de los bienes y/o servicios a la Entidad Nacio- nal Competente, adjuntando el informe fi- nal de la interventoría para que el ministerio certifique el recibo a satisfacción.
La Entidad Nacional Competente realiza- rá la entrega de la obra al departamento, municipio o entidad que corresponda, con- forme se defina en el correspondiente pro- yecto, para ser dispuesta a la prestación del servicio o el ejercicio de la competencia, de acuerdo con las normas que gobiernen la materia.
Una vez sea recibida a satisfacción la obra, bien o servicio por parte de la entidad nacio- nal competente, ésta emite certificación di- rigida a la DIAN a fin de que se realice el pro- ceso de extinción de la obligación tributaria al contribuyente.
  Una vez se haya ejectutado el proyecto de inversión por el contribuyente y recibido a satisfacción por parte de la interventoría o instancia que haga sus veces; dentro de los quince (15) días siguientes al cierre de todo el proceso contractual o el cierre del registro del proyecto en el Sistema de Información de Seguimiento a Proyectos de Inversión Públi- ca –SPI, lo que ocurra de último, la Entidad Nacional Competente emitirá un certificado de satisfacción del cumplimento del proyec- to, y autorizará su entrega por parte del con- tribuyente y a favor del departamento, mu- nicipio o entidad beneficiaria del proyecto, lo cual se llevará a cabo mediante acta en don- de por lo menos se deberá indicar las respon- sabilidades de quienes reciben la obra, bien o servicio.
La Entidad Nacional Competente coordinará la elaboración del acta.
El departamento, municipio o entidad bene- ficiaria del proyecto deberá recibir la obra, bien o servicio a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes al recibo de satis- facción de la Entidad Nacional Competente.
Una vez sea recibida a satisfacción la obra, bien o servicio por parte de la entidad nacio- nal competente, ésta emite certificación di- rigida a la DIAN a fin de que se realice el pro- ceso de expedición del acto administrativo para la entrega del TRT al contribuyente.
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