Page 63 - Ser y actuar en alianza transformando realidades
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En  Córdoba  hasta  mediados  de  2011,  salvo  en  Montería  la
             capital, en los municipios que lo integran no se había adelantado
             el  impulso  de  los  CMJs,  la  desinformación  al  respecto  era
             generalizada  y  las  alcaldías  desconocían  el  tema  y  cuando  se
             informaron pusieron en claro que no tenían obligación de hacer
             elecciones  de  CMJ  y  que  ello  era  a  voluntad  del  gobernante
             municipal, lo cual era cierto debido a que la Ley 375/97 era de tipo
             ordinario, no vinculante,  y por ende no comprometía directamente
             a  las  administraciones  territoriales    a  impulsar  la  elección  y
             funcionamiento de estos consejos.  El carácter no vinculante de la
             Ley de juventud de entonces sumado al desconocimiento de esta
             norma  por  parte  tanto  de  las  y  los  jóvenes  como  de  los
             funcionarios  del  nivel  territorial  configuraba  un  escenario  de
             desinterés institucional y desprotección de la juventud en medio
             del más crudo conflicto armado que ha tenido Colombia desde su

             constitución como república independiente.
                Aunque el Departamento de Córdoba desde 2006 es el único en
             contar con un despacho o Secretaria Departamental encargada de
             la juventud, no se había dado un proceso organizado y formal de
             divulgación de la Ley de Juventud (375/97) a nivel de los territorios,
             sobre  todo  de  los  dos  únicos  artículos  que  le  fueron
             reglamentados. Tanto jóvenes como funcionarios eran en general
             neófitos en normativas y políticas públicas de juventud.
                Dado  la  razón  de  ser  de  la  Alianza  Departamental  por  la
             juventud  de  Córdoba,  integrada  también  por  la  Secretaria
             Departamental de Juventud,  era la formulación e implementación
             participativa de la Política cordobesa de juventudes y tomando en
             cuenta  que el conflicto armado desde mediados de 1986 había
             restringido toda posibilidad de  emergimiento y/o  de desarrollo
             del tejido social juvenil,   consideró necesario e importante en la
             perspectiva de fomentar la participación y asociatividad  juvenil  a
             nivel  territorial,    impulsar  la  elección  y  funcionamiento  de  los
             Consejos de Juventudes en todo el departamento de Córdoba. Lo




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