Page 97 - Ser y actuar en alianza transformando realidades
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microempresas en diversos sectores por parte de las y los jóvenes,
facilitando el acceso a crédito, capital de riesgo y capital semilla.
Con acompañamiento especial de las diferentes entidades
estatales y, desarrollando programas de capacitación para que las
personas jóvenes adquieran conocimientos y destrezas, en el
campo de la formulación e implementación de proyectos
productivos”
Para contribuir con el desarrollo de estrategias para la
generación de ingreso de los jóvenes cordobeses en edad de
trabajar, de conformidad con lo establecido en las medidas de la
ley 1622 de 2013, y recogiendo lo convenido y lo desarrollado en
la práctica de la iniciativa del Fondo de Fomento al Ingreso Juvenil
FFIJ en la Política Departamental de Juventud, Ordenanza 09 de
septiembre de 2013, en artículos 6 y 7 se establecieron los
lineamientos que orientan la acción pública a la creación de
condiciones para que las y los jóvenes desarrollen sus capacidades
como actores creativos y productivos y accedan a sus derechos
económicos sociales y culturales.
Para tal efecto en el Artículo 8 de la Política Departamental de
Juventud se estableció de forma concreta: “la creación del Fondo
Departamental de Fomento del Ingreso Juvenil como una
estrategia para posibilitar la articulación de la acción del Estado, de
los entes territoriales, de la cooperación nacional e internacional,
así como del sector privado y de las organizaciones no
gubernamentales en torno a la misión del autoempleo, la
generación de ingresos y la asociatividad empresarial de las y los
jóvenes”
Primero como política pública de hecho y después como
estrategia con soporte normativo, el FFIJ ha sido uno de los ejes
centrales de la visión y de la acción de la Alianza Departamental
por la Juventud de Córdoba.
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