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2. Sistema legislativo: son los órganos legislativos (las cámaras o el parlamento) los que
 dirimen los conflictos.
 3. Sistema judicial: los órganos del poder judicial son los que dirimen los conflictos entre
 órganos de diversos poderes.
 4. Sistema mixto: los poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) crean un organismo distinto de
 ellos, integrado por representantes de esos tres poderes, que dictará la resolución de los
 conflictos que ocurran entre cualquiera de éstos.

 El sistema judicial, que es el mejor sistema para la solución de conflictos de atribuciones
 entre los poderes, el cual está reglamentado en los arts. 105, fracc. l y II, Y 106 de la
 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 10. ¿Cuál es la diferencia que existe entre las contiendas funcionales que se plantean en la
 esfera estatal y las que se dan en el ámbito jurisdiccional?

 En el ámbito de esfera o campo dentro de los niveles, un determinado órgano jurisdiccional
 puede ejercer sus funciones y el estatal únicamente las funciones que ejerce.

 11. ¿Cuáles son las formas que tanto la doctrina como la práctica forense contemplan para
 plantear las cuestiones de incompetencia de un órgano jurisdiccional?

 Las dos formas de plantear las cuestiones de incompetencia de un organo judicial son:

  La declinatoria.

  La inhibitoria.

 Ambas formas o tramitaciones persiguen el mismo objetivo: que deje de conocer un
 determinado asunto el juez al que se considera no competente, entendida la competencia en
 sentido objetivo, y no como aptitud personal del titular del órgano jurisdiccional.

 12. Explique brevemente cómo se sustancian cada una de las formas para plantear la
 incompetencia del un órgano jurisdiccional.

 La declinatoria, una vez interpuesta el juez no suspenderá el procedimiento sino que remitirá
 testimonios de las actuaciones respectivas a su inmediato superior emplazando a los
 interesados para que un plazo de 10 días comparezcan en este, quienes resolverán la
 cuestión de audiencia recibiendo las pruebas y alegatos de las partes y comunicara su
 resolución al juez

 La Inhibitoria.- si al juez que se le haga la solicitud lo estima procedente sostendrá su
 competencia y requiriera al juez que estime incompetente para que dentro del término de tres
 días remite testimonio de las actuaciones a la sala de su adscripción comunicándoselo quien
 remitirá sus autos originales al mismo superior.
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